Delitos sexuales

El TSJA confirma la condena de 12 años al joven que violó a su ex novia de 13 años

Audiencia Provincial de Sevilla

Audiencia Provincial de Sevilla / Juan Carlos Vázquez

El TSJA ha confirmado la condena de 12 años de cárcel a A. R. C., el joven de 19 años condenado por violar a su ex novia de 13 años. La Sección de Apelación del Alto Tribunal andaluz ha estimado de forma parcial el recurso presentado por las acusación particular, por lo que la pena impuesta por el delito de lesiones pasa de seis meses de cárcel a nueve meses y un día. También fue condenado a siete meses por otro delito de lesiones más a siete meses.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla consideró en una sentencia el pasado 14 de julio de 2020 como hecho probado que entre octubre de 2018 y mayo de 2019 A. R. C. y la menor de 13 años mantuvieron una relación de pareja. Entonces, el acusado tenía 19 años y conocía la edad de la adolescente, además  esta relación "era aceptada y conocida por los padres de la menor" y sus amigas, que la contemplaban "como algo normal" y asumían que en ella "existían relaciones sexuales plenas". Pero entre la pareja existían frecuentes discusiones y enfrentamientos "por motivos de celos" hasta que la pareja se rompió en mayo de 2019, unos días antes, el condenado empujó a la chica contra una motocicleta que estaba estacionada en la calle. 

El 3 de mayo, A. R. C., "que había estado ingiriendo cerveza desde las 23:00 del 2 de mayo, por lo que tenía mermadas sus capacidades psicofísicas", se dirigió a la 1:00 hacia el domicilio de la adolescente y, "tras trepar por la fachada, como había hecho en otras ocasiones" accedió a su habitación. Ella le abrió la ventana y comenzaron una nueva discusión por celos. En un momento dado, A. C. R. se quitó la ropa y tiró a la joven en la cama, y tras agarrarla fuertemente por los brazos, la violó. 

Tanto la defensa del condenado como la acusación particular interpusieron recursos de apelación ante el TSJA. El letrado solicitaba la absolución resaltando "como prueba de descargo la pluralidad de llamadas del los dias anteriores" y resta importancia a las delclaraciones de las amigas. Sin embargo, la Sección de Apelación señala que la Audiencia Provincial de Sevilla indica que la menor "hace un relato de los hechos exhaustivo y detallado, coherente, completo y del todo verosímil". Asimismo, el TSJA destaca que la parte recurrente "no concreta ningún motivo de malquerencia, interés en perjudicar ilícitamente al acusado un otro móvil espurio" por parte de la menor. Asimismo, señala la existencia de lesiones físicas en la joven, documentadas con informes forenses. 

El abogado también recurre el delito de lesiones referido al empujón de la adolescente contra la motocicleta, que ha sido desestimado por el TSJA

Por otro lado, la acusación particular ha alegado en su recurso "error en la valoración de la prueba" en la absolución del acusado de un delito de abusos sexuales continuados y en el de violencia habitual en el ámbito familiar, que también ha sido desestimado por el TSJA

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