Otra buena noticia para Eduardo Herrera: el juez archiva la segunda pieza contra el antiguo jefe de la RFAF

Federación Andaluza de Fútbol

El Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla atiende la petición de la Fiscalía, que no ve indicios de delito en la contratación de una empresa de asesoramiento propiedad del tesorero de la RFAF

La Audiencia de Sevilla absuelve a Eduardo Herrera de todos los delitos que le atribuía la Fiscalía

Eduardo Herrera (a la derecha) y su abogado, Adolfo Cuéllar, a finales de enero en la Audiencia de Sevilla.
Eduardo Herrera (a la derecha) y su abogado, Adolfo Cuéllar, a finales de enero en la Audiencia de Sevilla. / José Ángel García

Eduardo Herrera, el hombre que dirigió el fútbol andaluz durante más de tres décadas, ya tiene un frente menos en los tribunales. El Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla, que investiga varias aristas de su gestión como presidente de la Federación Andaluza de Fútbol (RFAF), ha archivado la pieza relativa al contrato que firmó con Wawawasi Asesores, una empresa cuyos propietarios eran el tesorero de la propia Federación, Francisco Campos, y su esposa. El juez pone fin a esta rama de la causa a instancias de la Fiscalía, que no aprecia indicios de administración desleal aunque piensa que se intentó “encubrir” la relación del tesorero con esa empresa y que los trabajos que efectuó para la Federación, relativos a un nuevo sistema de contabilidad, “excedían de los cometidos de su cargo” y no tenían que ver con la naturaleza del contrato, que era de asesoramiento.

En un auto fechado el 13 de abril, el juez ratifica que “de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa”, por lo que decreta el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones. Herrera, que es defendido por el letrado Adolfo Cuéllar (Zurbarán Abogados), recibe así la segunda buena noticia judicial del año. La primera fue su absolución en el juicio por la subvención del Consejo Superior de Deportes (CSD) que la RFAF mandó a Huelva para realizar unas mejoras en las instalaciones deportivas de La Orden.

La pieza de Wawawasi ya había sido archivada antes, pero la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla revocó la decisión al entender que había indicios para procesar a los investigados. Tras la práctica de nuevas diligencias de prueba, la fiscal insistió en un escrito fechado el 11 de abril en que “procede el sobreseimiento provisional de las actuaciones” y el instructor atiende esa solicitud. El giro de la acusación pública obedece a que las últimas pruebas certificaban que la contratación de Wawawasi y las facturas que se le abonaron “respondieron realmente a la real prestación de servicios, por más que pudieran diferir de su objeto social y de la contratación y por más que se hubiera tratado de encubrir la participación en tal contrato” del entonces tesorero “por razones de incompatibilidad con el trabajo que desempeñaba en otra empresa”.

Campos declaró que desde 2013, cuando retomó el cargo de tesorero, afrontó “diversas tareas para modernizar” la administración de la RFAF. Para ello centralizó los servicios y buscó una contabilidad única previa elaboración de un plan financiero, relató. La fiscal, basándose en la instrucción judicial, acepta que en efecto, “coincidiendo con las fechas de las facturas abonadas a Wawawasi, realmente hubo reformas profundas en el sistema de contabilidad, se contrató a más personas para el área económica y se instaló un programa informático nuevo”.

Además de considerar fundamentales las declaraciones de tres testigos, “especialmente” Enrique Hidalgo, un antiguo linier de Primera División que fue jefe de Administración de la RFAF, el Ministerio Público también constató que ese cambio en la contabilidad había quedado reflejado en el acta de la Asamblea General de la Federación de julio de 2014 y las actas de las Juntas Directivas de 2013 y 2014. En las tres quedó constancia de “la instauración del sistema de caja única y la intervención en tal tarea del investigado”, a quien “se habría remunerado por tales trabajos” aunque “excedían de los cometidos de su cargo”. La fiscal, por tanto, entiende que “no resulta debidamente justificada la comisión de un delito de administración desleal”.

Esa calificación poco tiene que ver con la que aparecía en su denuncia inicial de 2019. Entonces hablaba de prevaricación, malversación y tráfico de influencias. Según relataba en aquel escrito enviado al juez decano de Sevilla, Herrera firmó dos contratos de prestación de servicios de asesoramiento con Wawawasi. “Ninguno de los servicios contratados fue ofertado públicamente”, decía la Fiscalía, que ya entonces recalcaba que al frente de la empresa aparecían la administradora y su marido, es decir, Campos.

La RFAF pagó 4.477 euros a Wawawasi en 2013 y 11.616 en 2014, “sin que por ahora conste la existencia de contrato alguno que justifique los pagos, ni que la mercantil hubiese prestado algún trabajo de asesoramiento”, explicaba la Fiscalía. También refería que Wawawasi no dio de alta a ningún trabajador entre 2013 y 2016. “En la Seguridad Social aparece como inexistente la mercantil, por lo que parece que, de producirse algún informe de asesoramiento, debió ejecutarlo Campos”, concluía.

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