Los policías locales de Sevilla recurrirán para endurecer la condena a María León

Volverán a pedir una condena de prisión porque consideran los hechos probados que recoge la sentencia son constitutivos de un delito de "atentado" a la autoridad y no de "resistencia", como ha apreciado la juez

Las claves de la condena a María León: La actriz golpeó a la agente en un forcejeo durante su detención

Detención de María León
Detención de María León

La condena de María León será recurrida ante la Audiencia de Sevilla. Las acusaciones particulares que ejercen los tres policías locales que intervinieron en los hechos han mostrado su disconformidad con la sentencia dictada por el juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla, que ha condenado a la actriz a pagar una multa de 5.700 euros por un delito de resistencia a la autoridad y otro de lesiones por la agresión a una agente. Estas acusaciones han anunciado que presentarán un recurso de apelación contra la sentencia, en el que solicitarán que se endurezca la sanción a María León, de acuerdo con sus pretensiones iniciales, en las que habían reclamado una condena de hasta dos años y un mes de prisión. Por su parte, la abogada de la actriz ha asegurado en su perfil de Instagram que el proceso ha sido "difícil e injusto", de lo que se desprende que también podría recurrir el fallo para reclamar, como hizo en el juicio, su absolución.

La abogada Rocío Carnerero, que representa a dos de los policías locales, ha explicado a este periódico que de la lectura de los "hechos probados" que declara la sentencia se puede colegir que la acusada ha podido cometer un delito de "atentado a la autoridad" y no de "resistencia", como finalmente consideró la juez, lo que le llevó a imponer una pena únicamente de multa y no de prisión, teniendo en cuenta además que la actriz carece de antecedentes penales. La acusación del tercer agente, que ejerce el abogado César López Molina, coincide en que de la lectura de la sentencia se acredita el delito de atentado, por cuanto se desprende una actitud activa por parte de la actriz, que no sólo se resiste a la detención, sino que además propina un puñetazo y una patada a la agente durante el forcejeo.

Rocío Carnerero señala que la sentencia pone de manifiesto un menoscabo del "principio de autoridad" que representan los agentes y recurrirán ante la Audiencia de Sevilla, sobre todo "después de las manifestaciones de la actriz en el programa de Jordi Évole, donde si bien dice que ella no agredió a la agente, tampoco ha dado opción a aclarar los hechos al negarse a responder a la fiscal y a las acusaciones particulares". "Está en su derecho de no contestar, pero quien no tiene nada que temer y busca la verdad, suele responder. Y es en el juicio donde se da la versión de los hechos, no en un medio televisivo", ha afirmado la letrada.

Sobre el momento de la agresión, la sentencia declara probado que dos agentes fueron tras María León, una vez que alguien abrió la puerta del patrullero y "trataron de sujetarla cada uno por un brazo”, instante en el que la acusada, “movida por el ánimo de oponerse a la actuación policial y asumiendo causar con ello un menoscabo físico a la agente, forcejeó y lanzó un puñetazo con el brazo izquierdo a la agente en la mejilla derecha, perdió el equilibrio y cayó al suelo, desde donde le lanzó también una patada al tiempo que se dirigía a ella diciéndole 'hija de puta, zorra'”.

Para la juez, se ha acreditado que la acusada "forcejeó con los agentes en el momento en el que iban a proceder a su detención, tratando de oponerse a la misma lanzando un puñetazo y una posterior patada", por lo que estima que esta actuación debe ser considerada como un delito de resistencia y no de atentado, al tiempo que también descarta que se le pueda atribuir un delito de desobediencia. Dice la magistrada en su sentencia que aunque el delito de resistencia del artículo 556.1 del Código Penal se sanciona con una pena de prisión de tres meses a un año o pena de multa de seis a 18 meses, y aunque la Fiscalía pidió una pena de cárcel, "teniendo en cuenta las circunstancias del hecho concreto, consistente en un puñetazo y una patada, y personales de la autora, sin antecedentes penales, se estima procedente la imposición de pena de multa".

Recurrirán la absolución de los otros dos acusados

Los policías locales también recurrirán la absolución de los otros dos acusados: Pedro A. M., a quien se pedía un año de prisión por un delito de atentado a la autoridad, y Jorge S. R., que se enfrentaba a una petición de nueve meses de cárcel por un delito de resistencia. Estos dos acusados, que también rechazaron en la vista oral que tuvieran una actitud violenta con la Policía Local, han sido finalmente absueltos al no haberse acreditado que fueran ellos quienes agarraran a una agente del chaleco o obstaculizaran la actuación policial poniéndose delante del patrullero en el que iba María León.

María León, en el banquillo con los otros dos acusados que han sido absueltos.
María León, en el banquillo con los otros dos acusados que han sido absueltos. / José Ángel García

Por su parte, la abogada Carla Vall I Duran, que ejerce la defensa de María León, ha asegurado este lunes que el proceso que acabado con la condena de María León a pagar una multa de 5.700 euros por agredir a una policía local de Sevilla ha sido "difícil e injusto".

En una publicación que ha sido compartida por la actriz sevillana en sus historias, la abogada asegura que la sentencia, que se conoció el pasado viernes, "todavía" no se les ha notificado y solamente han tenido conocimiento de ella "a través de los medios".

En este sentido, la letrada ha afirmado que esta falta de notificación –en principio el fallo se notificó sin problemas a todas las partes el viernes pasado– es un "reflejo de lo ocurrido durante todo el proceso: filtraciones de imágenes, DVDs con las pruebas rotos y el vídeo en el que María León verbaliza su DNI, sin sonido".

"Todo ello supone un proceso difícil e injusto", ha aseverado la letrada en la publicación en Instagram, donde no revela si tiene intención de recurrir la condena ante la Audiencia de Sevilla.

El Juzgado de lo Penal número 12 de Sevilla condenó a María León al pago de una multa total de 5.700 euros por un delito de resistencia y un delito leve de lesiones tras un incidente con la Policía Local ocurrido en la madrugada del 1 de octubre del año 2022, mientras que la ha absuelto del delito de desobediencia por el que fue enjuiciada el pasado día 14 de marzo. La juez no ha impuesto ninguna pena de prisión a la intérprete, como pedían la Fiscalía y la acusación particular que ejercen los tres policías que participaron en la intervención, porque entiende que los hechos son de menor gravedad, se quedan en un delito de resistencia y no en un delito de atentado a la autoridad, como solicitaban las acusaciones, además de que le aplica una circunstancia atenuante de reparación del daño, puesto que la actriz ingresó 150 euros para indemnizar a la agente a la que, eso sí, la juez asegura que le pegó un puñetazo y una patada y la llamó "hija de puta" y "zorra".

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