Un San Valentín 'legal'

Tras los pasos de Cupido pero con todo atado

  • Los acuerdos prematrimoniales son una de las cuestiones que menos se piensan a la hora de emprender una vida en común

A la hora de empezar una vida en común, hay mucho que preparar

A la hora de empezar una vida en común, hay mucho que preparar / Pepe Villoslada

El amor, a veces representado como un niño alado y con los ojos vendados, no atiende a muchas razones. Por eso, una vez que la fase de enamoramiento se va suavizando y comienza a rondar la idea de una vida en común es necesario tener la cabeza fría y conformar un plan de vida.

Los contratos prenupciales o las capitulaciones prematrimoniales han servido a lo largo de la historia para la consolidación de reinos, períodos de paz o alianzas de guerra. Eran habituales en la aristocracia y la monarquía. Una forma de que todo quedara atado aunque la convivencia de la pareja no fuera idílica.

Esta no es una cuestión del pasado. Los pactos en previsión de ruptura, acuerdo  preconvivencial o capitulaciones prematrimoniales son un ejercicio muy útil y recomendable para todas las parejas que tengan en proyecto compartir sus vidas. 

"Es la forma de sentar las bases de un futuro divorcio, una especie de convenio anticipado,  pero hecho desde la buena fe, siendo muy aconsejable hacerlo cuando la relación es buena y va bien porque con la crisis de la pareja, todo se deteriora y nos volvemos egoístas", explica la abogada María Pérez Galván.

Y es que, en estos casos es mejor prevenir que curar. Puede ser que estos acuerdos prenupciales no haya que llevarlos nunca a término, pero no hay nada seguro. "Los cambios sociales en las relaciones de pareja han sido muy importantes en los últimos años y cada vez hay más divorcios y parejas que vuelven a casarse. En mi experiencia, estos son los clientes que habitualmente piden asesoramiento especializado antes de contraer un nuevo matrimonio porque han salido escaldados del divorcio", comenta la abogada. 

En cualquier caso no hay por qué esperar a una "segunda oportunidad". El régimen económico que va a regir en una pareja es un tema importante ya sea la primera, segunda o enésima vez que el amor llama a la puerta.

"Esto no es sólo para aquellas parejas que tengan independencia económica. Es una cuestión más, del mismo modo que se tratan cuestiones personales, como  quién de los dos se dedicará mayoritariamente al cuidado de los hijos, quién pedirá excedencia en caso de que se trasladen de ciudad, quien se acogerá  a una  reducción de jornadas, etc.". 

Aunque es cierto que la mayoría de las veces estos acuerdos se refieren a asuntos patrimoniales," por ejemplo blindar determinado patrimonio familiar, como ocurrió en el último matrimonio de la Duquesa de Alba, y o paterno filiales como acordar que la custodia de los hijos será compartida por ambos progenitores, etc", explica Pérez Galván.

Igual que las relaciones de pareja evolucionan con el paso de los años, estos pactos prenupciales están pensados para prevenir un futuro contencioso y son susceptibles de ser revisados si hay cambio de circunstancias. Ahora bien, no todo se puede negociar.

Tienen como límite la protección de la igualdad de las partes, el no ser contrarios a la ley, a la  moral ni al orden público y el interés de los menores y todos lo que afecta  a estos últimos, por ser materia de orden público. Es más, pueden ser revisados por un Juez de Familia que será quien determine finalmente la validez del acuerdo.

Asesoramiento legal

En cualquier caso, en el derecho común español no están regulados expresamente, siendo de aplicación lo regulado en el artículo 1323 del Código Civil, según el cual los cónyuges ( y por analogía los miembros de una pareja), pueden celebrar entre sí toda clase de contratos.

"Todavía hay muy poca tradición de pedir asesoramiento más allá de para a acordar separación de bienes o regirse por gananciales  porque resulta frío o poco romántico cuando lo deseable, es empezar el proyecto de vida en común con las cosas claras y de buena fe. Es muy sano y aconsejable sentarse a hablar y alcanzar acuerdos negociados cuando la relación va bien y es un ejercicio sano para toda pareja que hace reflexionar para alcanzar esos acuerdos que harán mejor la convivencia", aconseja Pérez Galván.

En EE.UU., desde 1970 están regulados y muchos son los casos que conocemos por la prensa de ricos y famosos que los han utilizado.

"Al igual que las capitulaciones para acordar el régimen económico, estos pactos deben firmarse ante notario y, en mi experiencia evitan o mitigan  futuros litigios, siendo deseable y saludable, prever los posibles escenarios antes de emprender un camino y una vida en común".     

María Pérez Galván recomienda no tomar como un agravio que se quiera pactar por ejemplo sobre aspectos económicos, (renuncia a pensión compensatoria o al uso de la vivienda privativa, entre otros) "cuando de lo que se trata es de preservar cierta autonomía económica que puede la otra parte quedar protegida, por ejemplo con una mayor participación en las cargas  económicas del matrimonio por parte quien  tiene más ingresos.

Es muy importante acudir a un especialista que analice bien las circunstancias del caso para saber la trascendencia de lo que se pacte pues se corre el riesgo de que un Tribunal declare nulo algún pacto por entender que perjudica gravemente a alguna de las partes o al interés de los menores", afirma. 

         

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