el caso de los ERE

La última carta de Griñán

Manuel Chaves, José Antonio Griñán y Gaspar Zarrías, en el juicio de los ERE. Manuel Chaves, José Antonio Griñán y Gaspar Zarrías, en el juicio de los ERE.

Manuel Chaves, José Antonio Griñán y Gaspar Zarrías, en el juicio de los ERE. / efe

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

Es prácticamente la última carta de Griñán para evitar su entrada en prisión. La defensa del ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán ha formalizado ya el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Supremo que confirmó su condena a seis años y dos días de prisión por el caso de los ERE.

El plazo para presentar el amparo finalizaba el pasado miércoles y, según han confirmado a este periódico fuentes del caso, además de Griñán han recurrido los otros ocho ex altos cargos que fueron condenados a penas de cárcel por el delito de malversación de caudales públicos, entre ellos los siete acusados que están cumpliendo condena desde principios de año (los ex consejeros Antonio Fernández, Francisco Vallejo, José Antonio Viera y Carmen Martínez Aguayo; los ex viceconsejeros Jesús María Rodríguez Román y Agustín Barberá –que ingresó esta semana en Puerto-III–; y el ex director de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar).

Pero no sólo han acudido al Tribunal Constitucional los ex altos cargos condenados a penas de cárcel por el delito de malversación, sino que también lo han hecho otros cinco condenados por el delito de prevaricación, entre ellos el ex presidente de la Junta Manuel Chaves y los ex consejeros Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez.

Los ex altos cargos tenían de plazo hasta el pasado miércoles para formalizar los recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional y ahora confían en que el Alto Tribunal admita a trámite estos recursos. Según fuentes del caso, el Constitucional admitirá a trámite los recursos de amparo porque en este caso “se dan todos los requisitos legales” para ello, aunque la estadística refleja que esto sólo sucede en el 1,6% de los casos en los que se acude a este tribunal.

El amparo puede ser la última oportunidad de Griñán para impedir lo que cada vez parece más próximo, su entrada en prisión y todo ello a pesar del cáncer que le fue diagnosticado en diciembre pasado. El hecho de que la Audiencia de Sevilla rechazara recientemente suspender la entrada en la cárcel del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá –que también padece cáncer–, anticipa que el tribunal tomará la misma decisión en su caso. De hecho, el ingreso en prisión del ex presidente andaluz fue aplazado en enero pasado a la espera de que terminaran las sesiones de radioterapia previstas en el tratamiento contra la enfermedad.

El ex presidente Manuel Chaves, Gaspar Zarrías y Magdalena Álvarez también han recurrido

Con el ingreso en prisión esta semana de Agustín Barberá, Griñán –que tiene 76 años– es el único ex alto cargo condenado por la malversación de 680 millones de los ERE que no ha pisado la cárcel, con la excepción del ex director de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez, a quien la Audiencia de Sevilla suspendió su entrada en prisión después de que el Tribunal Supremo redujera su condena a tres años.

Todos los ex altos cargos han presentado el recurso de amparo después de que el Tribunal Supremo rechazara el pasado 1 de marzo los incidentes de nulidad planteados contra la sentencia que confirmó su condena, tras haber alegado la vulneración de derechos fundamentales, entre ellos que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia por la anticipación del fallo de la sentencia en julio de 2022, dado que el contenido de la resolución no se hizo público hasta septiembre del año pasado, cuando se incorporó el voto particular que emitieron dos magistradas que entendían que Griñán y otros cuatro ex altos cargos ajenos a Empleo –Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Jesús María Rodríguez Román y Miguel Ángel Serrano Aguilar– debieron haber sido absueltos.

La defensa de Griñán también alegó en el incidente de nulidad que una de las principales razones por las que fue condenado el ex presidente fue porque “habría hecho caso omiso de los informes de la Intervención que le trasladaban deficiencias, irregularidades o defectos en la contabilización” y en el recurso de casación “se especificaban las menciones a estas omisiones del acusado y se refutaban”, pero entendía la defensa que la sentencia no había dado respuesta a estas cuestiones y añadía que Griñán había atendido todas las indicaciones de la Intervención General de la Junta para reforzar los controles.

Todas estas alegaciones se plantean de nuevo en los recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, en el que las defensas también consideran que, en el caso de que los recursos se admitan, debe suspenderse la ejecución de la sentencia, lo que podría conllevar la paralización de la entrada en prisión de Griñán e incluso la excarcelación de los ex altos cargos que ya están cumpliendo sus condenas en centros penitenciarios de las provincias de Sevilla, Cádiz y Huelva.

Fuentes del caso señalan que el Tribunal Constitucional admitirá a trámite los recursos

De hecho, el Tribunal Constitucional puede disponer la suspensión total o parcial de los efectos de la sentencia, siempre que la suspensión no ocasione una perturbación grave a un interés constitucionalmente protegido ni a los derechos fundamentales o libertades de otra persona.

Hay casos en los que se ha concedido la suspensión y otros no, como le ocurrió en 2018 al ex presidente de Bankia Rodrigo Rato, a quien la Audiencia Nacional rechazó su solicitud para no entrar en prisión tras ser condenado a cuatro años y medio de cárcel en el caso de las denominadas “tarjetas black”.

La Sección Cuarta de la Audiencia Nacional consideró que la suspensión tendría que sustentarse en el artículo 56.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, debiendo acordarse en su caso dicho tribunal. Rato ingresó en prisión el 25 de octubre de 2018, y unos meses después, el 30 de abril de 2019, el Tribunal Constitucional dictó una providencia en la que inadmitió su recurso de amparo contra la sentencia que lo condenó a cuatro y años y seis meses de prisión.

El Tribunal Constitucional aseguró entonces que del examen del recurso presentado por la defensa de Rato se desprende una "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo". El ex presidente de Bankia había alegado que se lesionó su derecho a la intimidad, protección de datos, proceso con todas la garantías, presunción de inocencia y libertad personal.

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