Prestaciones de la Seguridad Social

Conceden una incapacidad absoluta a un empleado de banca por un trastorno de la personalidad

  • La juez reconoce la incapacidad ante el trastorno de personalidad del trabajador, que padece sentimiento de inferioridad, tendencias al aislamiento social y mal control de la impulsividad, entre otras patologías graves

Una oficina de la Seguridad Social

Una oficina de la Seguridad Social

La juez de lo Social número 8 de Sevilla ha concedido una incapacidad permanente absoluta a un empleado de banca de 45 años, debido a un trastorno de la personalidad agravado que lo inhabilita para desarrollar cualquier profesión u oficio.

El trabajador, afiliado al Régimen General de la Seguridad Social de profesión habitual  y representado por el gabinete jurídico Tribunal Médicosolicitó la Incapacidad Permanente al Instituto Nacional de la Seguridad Social debido a un Trastorno de Personalidad agravado.

En primera instancia, la Seguridad Social le reconoció la Incapacidad Permanente en grado de Total, sin embargo, el trabajador presentaba un cuadro clínico que no le permitía desarrollar ninguna actividad laboral. Disconformes con la resolución, el despacho presentó una reclamación previa y posteriormente recurrió en los tribunales para que se declarar la Incapacidad Permanente Absoluta, grado que se ajustaba a derecho según valoración médica previa por parte de los peritos médicos.

Según la sentencia facilitada a este periódico, el trabajador presenta un trastorno de personalidad, con predominio de sentimientos de inferioridad, tendencia al aislamiento social, ideas sobrevaloradas de auto referencialidad, conductas de evitación y mal control de impulsividad. Además, en el último año, asocia sintomatología depresiva que se caracteriza por irritabilidad, sentimientos de minusvalía y desesperanza, anhedonia, dificultades de atención y concentración, además de apatía. Dichas patologías son graves y cronificadas, ya que no han mejorado los síntomas a pesar de los múltiples tratamientos por especialistas que han utilizado fármacos específicos, su evolución clínica no es positiva.

Los abogados del trabajador solicitaron en los tribunales la prestación por Incapacidad Permanente Absoluta,  por entender que el cuadro clínico que presenta el trabajador le inhabilita para el ejercicio de cualquier profesión u oficio "con un mínimo de grado de eficiencia y rendimiento".

Finalmente, el juez ha reconocido esta prestación, derivada de enfermedad común y ha condenado  al organismo demandado a estar y pasar por dicha declaración, con abono de la pensión en cuantía y efectos reglamentarios. 

Desde el gabinete Tribunal Médico recuerdan que las incapacidades permanentes por enfermedades mentales son cada vez más solicitadas, no sólo por las limitaciones que provocan las mismas patologías, sino además por el agravamiento del cuadro clínico a causa del padecimiento de depresión y ansiedad. El despacho brinda asesoramiento gratuito para todos los trabajadores que se vean limitados en la realización de su actividad laboral, o de actividades de la vida diaria, por padecimiento de patologías.

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