Incapacidad Laboral

Conceden la incapacidad absoluta a una enfermera con problemas psiquiátricos

  • Según el juez, su patología "le impide afrontar una vida laboral con el nivel de exigencia y eficacia que requiere el actual mercado laboral"

Una enfermeras prepara el quirófano antes de una operación.

Una enfermeras prepara el quirófano antes de una operación. / G.J.

Un juez de lo Social de Sevilla ha concedido una Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) a una enfermera de 50 años con graves problemas psiquiátricos, una patología que según la sentencia "le impide afrontar una vida laboral con el nivel de exigencia y eficacia que requiere actualmente el mercado laboral".

La demandante padece un trastorno mixto ansioso depresivo, con dos intentos de autolisis, así como una fibrosis en grado IV que le provocan pérdida de movilidad en la rodilla izquierda, secuelas de una fractura de espinatibial anterior en 2012, osteopenia, tendiditits en el hombro derecho e inflamación de los tendones de ambas muñecas. Estas patologías limitan su capacidad para tareas que requieran estar mucho rato sentada y de pie, así como para aquellas con moderados requerimientos psíquicos tales como labores organizativas, la toma de decisiones o situaciones estresantes.

El abogado Álvaro Jiménez Bidón, que ha representado a la enfermera sevillana. El abogado Álvaro Jiménez Bidón, que ha representado a la enfermera sevillana.

El abogado Álvaro Jiménez Bidón, que ha representado a la enfermera sevillana. / M. G.

En 2016 se inició un expediente de Incapacidad, en el que el 6 de marzo de 2017 el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) le reconoció una incapacidad laboral total (para trabajar en su profesión), o lo que es lo mismo, una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora, que es de 2.292,68 euros. Pero ante la imposibilidad de reincorporarse al mundo laboral, en abril de 2017, y representada por el bufete Jiménez Bidón Abogados, la enfermera interpuso una reclamación previa y posterior demanda judicial para el reconocimiento de la incapacidad para todo tipo de trabajo.

Se da la circunstancia de que mientras se esta a la espera de juicio, en diciembre de 2017 el INSS inició de oficio un expediente de revisión de grado. Según el informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), la paciente presenta limitaciones funcionales y psíquicas grado funcional 2, clínica ansioso-depresiva de evolución lenta, con situaciones de estrés añadido y dificultades para afrontarla dados sus rasgos de personalidad, con intentos autolíticos en varias ocasiones y tendencia al aislamiento. Pero pese a este informe, INSS decide mantener el grado de incapacidad.

Sin embargo, la sentencia dictada ahora por un juzgado de lo Social de Sevilla ha considerado que "resulta evidente que la parte actora no puede desarrollar actividad laboral alguna, siendo especialmente grave la patología psiquiátrica, no pudiendo afrontar una vida laboral con el nivel de exigencia y eficacia que requiere el actual mercado laboral, dado que no podría afrontar situaciones de estrés inherentes a un contrato de trabajo". Con esta motivación, el juez ha estimado la solicitud de la demandante y la declara en situación de Incapacidad Laboral Permanente en grado absoluta, con la consecuente pensión vitalicia de casi 2.300 euros mensuales.

Para el abogado que ha llevado el caso, Álvaro Jiménez Bidón, es "importante no decaer y defender en los tribunales lo que el INSS ha denegado".

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