Lotería de Navidad

Si me toca el Gordo de la Lotería, ¿tengo que compartirlo con mi pareja?

Si me toca el Gordo de la Lotería, ¿tengo que compartirlo con mi pareja?

Si me toca el Gordo de la Lotería, ¿tengo que compartirlo con mi pareja?

La posibilidad de ganar el Gordo de la Lotería, especialmente el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad, genera una gran expectativa en España. Este evento, que reparte millones de euros, también plantea una pregunta común entre quienes participan: ¿debe compartirse el premio con la pareja? La respuesta a esta pregunta depende de la situación legal de la pareja y el régimen económico bajo el cual se encuentran.

Matrimonio en régimen de gananciales

Bajo este régimen, el artículo 1351 del Código Civil establece que cualquier ganancia obtenida por uno de los cónyuges, incluidos los premios de lotería, pertenece a la sociedad de gananciales. Esto significa que, si un cónyuge gana el premio, este se considera un bien común y debe ser compartido por igual entre ambos, independientemente de quién haya comprado el boleto. Esta norma se aplica a menos que se demuestre una intención clara de divorcio o separación, en cuyo caso el premio le pertenecería exclusivamente a quien lo compró.

Matrimonio en separación de bienes

En cambio, si el matrimonio está bajo un régimen de separación de bienes, el premio solo pertenece al cónyuge que adquirió el boleto con su dinero. Sin embargo, si ambos cónyuges han contribuido económicamente a la compra del boleto, entonces deben repartir el premio de forma proporcional a su inversión. Este principio también se aplica si la pareja se encuentra en proceso de divorcio o ha cesado su convivencia, rompiendo así el vínculo de la sociedad de gananciales.

Parejas de hecho

La situación para las parejas de hecho es más ambigua, ya que el Código Civil no regula específicamente estos casos. Por lo general, el premio pertenece a la persona que haya comprado el boleto, y solo se compartirá si ambos han invertido en su compra. Es importante destacar que, aunque la legislación está avanzando en la equiparación de derechos entre parejas de hecho y matrimonios, por el momento, la titularidad de los premios obtenidos en la lotería depende de quién haya invertido y en qué proporciones.

Divorcio o separación en proceso

En situaciones donde se está en proceso de divorcio o separación, y uno de los miembros de la pareja gana el premio, este será íntegramente para quien haya comprado el décimo, siempre que se pueda demostrar adecuadamente. En estos casos, el vínculo de la sociedad de gananciales se considera roto, y el premio no necesita ser compartido si se adquiere después de este punto.

La normativa legal en España sobre el reparto de premios de lotería en parejas varía mucho según el régimen matrimonial o la situación de la pareja.

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