Sanciones de Tráfico

Guerra abierta contra los aparatos que ayudan a evitar los radares

Nuevo radar TruCAM II.

Nuevo radar TruCAM II. / autofacil.es

Hecha la ley, hecha la trampa. Desde los inicios de los tiempos el ser humano ha buscado 'soluciones' a las trabas burocráticas o de restricciones que le han ido imponiendo, alternativas que rozan la legalidad y se amparan en la artimaña de la letra pequeña o la nota aclaratoria no precisada. Esto es más o menos lo que sucede hasta estos momentos con los radares de tráfico y los diferentes aparatos que detectan su presencia en la carretera. Inhibidores, detectores o avisadores de radar que no se pueden usar pero que nadie puede evitar que los conductores los lleven en sus coches. Pero la DGT está dispuesta a ponerle freno a estas conductas y aplicará una sanción más dura sobre los conductores que únicamente lleven instalados, este tipo de aparatos. Multas de hasta 500 euros y la retirada de 3 puntos del carnet.

Hasta la fecha, según el apartado 6, del artículo 13, de la Ley sobre Tráfico del Real Decreto Legislativo 6/2015, se prohíbe instalar y utilizar inhibidores de radares y detectores, pero no se hace alusión ninguna al simple hecho de llevar instalado el dispositivo pero no utilizarlo. La reforma de la DGT busca modificar la ley al respecto aclarando que 'Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico'. Eso sí, la sanción sí afectará a aquellos conductores que circulen simplemente sujetando el teléfono móvil.

La sanción afectará también a aquellos conductores que circulen simplemente sujetando el teléfono móvil

En caso de utilizar un inhibidor mientras se conduce, la multa asciende hasta los 6.000 euros y conlleva la pérdida de 6 puntos del carnet. Además, el taller que lo haya instalado también puede ser sancionado con hasta 30.000 euros.

Diferencias entre inhibidores, detectores y avisadores

El exceso de velocidad sigue siendo una de las principales causas de fallecimiento en las carreteras y desde la DGT han instalado este verano un dispositivo con más de 1.320 radares, decididos a declararle la guerra a este tipo de aparatos que permiten conducir de forma 'libre' en la mayoría de los tramos circulatorios y posteriormente adaptarte a las normas únicamente cuando te avisen de la presencia de los radares. 

Hay muchas aplicaciones móviles o dispositivos que nos ayudan a esquivar los radares, pero no todos son iguales ni ofrecen las mismas prestaciones. Los inhibidores de radares, los más perseguidos por las autoridades, evitan que se pueda medir correctamente la velocidad del vehículo que los lleva así como leer su matrícula; los detectores son capaces de detectar radares móviles; y los avisadores únicamente lo que hace es usar la información de la DGT con su red de radares fijos para alertar a los conductores de su presencia cuando se aproximen a ellos en la carretera.

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