Cuidado con deshacerte del triángulo, aunque llegue la señal V16 te puede costar una multa en estos países

La Dirección General de Tráfico (DGT) contempla una excepción: los conductores de vehículos matriculados en el extranjero no estarán obligados a utilizar la baliza luminosa V16

En los países firmantes de convenios de reciprocidad con España en materia de tráfico se podrá seguir utilizando los triángulos de emergencia.
En los países firmantes de convenios de reciprocidad con España en materia de tráfico se podrá seguir utilizando los triángulos de emergencia. / DGT

La normativa de tráfico incorpora una importante novedad desde el 1 de enero de 2026: llevar en el coche las luces V16 será obligatorio para todos los conductores españoles. Estas balizas sustituirán a los clásicos triángulos de preseñalización de peligro con el objetivo de reducir la siniestralidad vial y compartir la ubicación del vehículo en tiempo real con la Dirección General de Tráfico (DGT). Pero ¿deben los conductores españoles conservan los triángulos cuando circulen por el extranjero?

Se da la particularidad de que España será el primer país en implantar la obligatoridad de las luces V16. Bajo esta premisa, la DGT ha publicado una instrucción con el fin de aclarar los usos de estas balizas luminosas conectadas en casos de circulación internacional.

¿Es obligatoria la luz V16 para los vehículos matriculados en el extranjero?

Las Convenciones sobre circulación vial actualmente vigentes contemplan una serie de normas uniformes para favorecer el desarrollo y la seguridad en la circulación internacional. Así, la Convención de Viena de 1968 establece que los países podrán exigir a los conductores de vehículos matriculados en el extranjero llevar a bordo alguno de estos dispositivos de señalización para situaciones de inmovilización de vehículos:

  • Una placa en forma de triángulo equilátero
  • Cualquier otro dispositivo de igual eficacia prescrito por la legislación del país en el que esté matriculado el vehículo

Por tanto, los vehículos matriculados en otros países que circulen por España podrán portar, o utilizar en caso de que sea necesario, los triángulos de preseñalización de peligro. Opcionalmente podrán utilizar también la baliza luminosa V16.

¿En qué países siguen siendo válidos los triángulos?

Todos los vehículos matriculados en España que circulen por otro país firmante de cualquiera de los convenios vigentes, podrán utilizar legalmente la baliza V16. No obstante, la conectividad con la red 3.0 de la DGT no funciona en el extranjero, por lo que su uso será únicamente visual.

Los conductores españoles no están, sin embargo, obligados a utilizar las luces V16 en el extranjero, ya que podrán elegir los triángulos u otro dispositivo de preseñalización análogo reconocido por la legislación del país en que se encuentre de paso. Esta reciprocidad se aplica en los países firmantes del Convenio sobre la Circulación por carretera de 1949 o del Convenio sobre la Circulación Vial de 1968:

  • Albania
  • Andorra
  • Algeria
  • Armenia
  • Argentina
  • Azerbaiyán
  • Australia
  • Austria
  • Bahamas
  • Bahréin
  • Bangladesh
  • Barbados
  • Bélgica
  • Benín
  • Bielorrusia
  • Bosnia Herzegovina
  • Botsuana
  • Brasil
  • Brunéi
  • Bulgaria
  • Burkina Faso
  • Cabo Verde
  • Camboya
  • Canadá
  • República Centroafricana
  • Chile
  • Congo
  • Costa de Marfil
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Cuba
  • Chipre
  • Chequia
  • República Democrática del Congo
  • Dinamarca
  • República Dominicana
  • Ecuador
  • Egipto
  • El Salvador
  • Estonia
  • Etiopía
  • Fiyi
  • Finlandia
  • Francia
  • Georgia
  • Alemania
  • Ghana
  • Grecia
  • Guatemala
  • Guyana
  • Haití
  • Ciudad del Vaticano
  • Honduras
  • Hungría
  • Indonesia
  • Irán
  • Irak
  • Islandia
  • India
  • Irlanda
  • Israel
  • Italia
  • Jamaica
  • Japón
  • Jordania
  • Kazakistán
  • Kenia
  • Kirguistán
  • Kuwáit
  • Laos
  • Letonia
  • Líbano
  • Liberia
  • Lesoto
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Madagascar
  • Malaui
  • Malasia
  • Maldivas
  • Malí
  • Malta
  • México
  • Mónaco
  • Mongolia
  • Montenegro
  • Marruecos
  • Myanmar
  • Namibia
  • Países Bajos
  • Nueva Zelanda
  • Níger
  • Nigeria
  • Macedonia del Norte
  • Noruega
  • Omán
  • Pakistán
  • Papúa Nueva Guinea
  • Paraguay
  • Perú
  • Filipinas
  • Polonia
  • Portugal
  • Corea del Sur
  • Moldavia
  • Rumanía
  • Rusia
  • Ruanda
  • San Marino
  • Seychelles
  • Arabia Saudí
  • Senegal
  • Serbia
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • Sierra Leona
  • Singapur
  • Sudáfrica
  • Palestina
  • Sri Lanka
  • Suecia
  • Suiza
  • Siria
  • Tayikistán
  • Tailandia
  • Togo
  • Trinidad y Tobago
  • Túnez
  • Turkmenistán
  • Turquía
  • Ucrania
  • Uganda
  • Emiratos Árabes Unidos
  • Reino Unido
  • Estados Unidos
  • Uruguay
  • Uzbekistán
  • Venezuela
  • Vietnam
  • Zimbabue

Cabe apuntar que algunos de estos países formularon sus propias declaraciones y reservas en el momento de ratificar el convenio, por lo que antes de viajar al extranjero, conviene informarse sobre la normativa específica del país de destino con el fin de evitar sanciones o malosentendidos y, en caso de duda, portar los triángulos de emergencia.

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