La aldaba
Carlos Navarro Antolín
¡Moción de censura en Los Remedios!
UNA de las peculiaridades políticas de la transición a la democracia en España fue, a diferencia de lo ocurrido en otros países, el protagonismo político de la reestructuración territorial del Estado. Baste recordar la consigna que se gritaba en las manifestaciones callejeras por toda España: "¡Libertad, Amnistía y Estatuto de Autonomía!". Ello respondía a un problema histórico irresuelto: la integración política equilibrada de los llamados nacionalismos periféricos (Cataluña, País Vasco y Galicia). Su origen histórico, por cierto, se encuentra en el peculiar desarrollo histórico del capitalismo español.
En efecto, a partir de la segunda mitad del siglo XIX surgen en España los nacionalismos periféricos, que responden a la existencia de una cierta modernización industrial capitalista en Cataluña y el País Vasco, pero que no alcanza al resto de España. Una parte importante de esas burguesías capitalistas periféricas acabará por hacerse nacionalista al no poder conectar con un Estado central precapitalista y premoderno, que se identificaba con las élites de la sociedad agraria tradicional que lo habían venido sosteniendo: la aristocracia terrateniente y la oligarquía financiera. Sus específicos proyectos de crecimiento económico nada tenían que ver con el de aquellas otras élites industriales periféricas que habían venido reclamando sin éxito del Estado central su colaboración en la implementación de las infraestructuras necesarias para el desarrollo industrial, por lo que finalmente optarán por crear su propio Estado.
El Estado Autonómico, a medio camino entre el Estado Unitario y el Federal, será la fórmula innovadora ofrecida por el Título VIII de la Constitución Española de 1978 (CE), para tratar de contentar a los principales actores políticos de la Transición.
Ahora bien, a raíz de la controvertida sentencia del Tribunal Constitucional sobre la reforma del Estatut, proliferan las denuncias desde diversas posiciones políticas acerca del agotamiento del modelo del Estado Autonómico y aumentan las propuestas de reforma de la CE.
Lo cierto es que España sigue siendo un Estado unitario, que mantiene la provincia como su organización territorial propia, sobre la que luego se han montado las autonomías, como meras superestructuras añadidas de descentralización abierta, cuya congruencia con el Estado unitario subyacente ha devenido harto problemática. Como cierto es que el Senado sigue sin cumplir la función de cámara de representación territorial de nacionalidades y regiones que le asigna la CE, funcionando sólo como cámara de segunda lectura de las leyes.
En las autonomías uniprovinciales, la provincia queda únicamente como distrito electoral, que, al limitar la Constitución los escaños a 400 diputados -actualmente son 350-, suprime de hecho el sistema proporcional en las provincias con menos población, de modo que el tercer partido en votos no obtiene más que un pequeño número de diputados. La provincia como circunscripción electoral y las listas cerradas y bloqueadas han deteriorado considerablemente la democracia en España.
En las autonomías pluriprovinciales se superponen tres estratos, el municipio, la provincia y la autonomía, con competencias y delimitaciones no siempre nítidas. Tan compleja y costosa organización territorial del Estado podría ser positiva si facilitase un control democrático más cercano de la gestión pública, pero en la práctica lo impide el efecto sistemáticamente distorsionador de la partitocracia. Lo más grave, con todo, es que aquella reestructuración del Estado se concibiera como un proceso abierto y, pasados 30 años, persista la incertidumbre al respecto. En efecto, el Título VIII (CE) deja abierto el diseño final resultante y son los estatutos los que van llenando ese vacío.
Es contradictorio superponer a las instituciones de un Estado unitario las de unas autonomías con competencias equiparables a las de un Estado federal. La relación radial desde un Estado central unitario con cada una de las autonomías supone -máxime cuando está en juego la gobernabilidad- una bilateralidad que impulsa una dinámica política confederal, con sus tendencias centrífugas correspondientes. La solución habría podido ser un Estado federal, pero su planteamiento desde el Estado unitario y centralista de la transición resultó entonces inconcebible, y hoy, con la pujanza adquirida por los nacionalismos periféricos, beneficiarios directos de la bilateralidad cuasiconfederal impuesta por el propio modelo, probablemente resulte inviable.
Cabe plantear si es prudente abrir el melón de la reforma constitucional para definir un nuevo modelo de Estado (previsiblemente, el Federal), en una coyuntura como la actual de grave crisis económica de dimensiones todavía en gran parte desconocidas.
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