Sevilla

La Junta multa a Yego con 5.201 euros por incluir cláusulas abusivas y no ofrecer datos para reclamar

La Junta abre expediente sancionador a Yego, la empresa de alquiler de motos

La Junta abre expediente sancionador a Yego, la empresa de alquiler de motos / Yego

Tras la denuncia de Facua Andalucía, la Consejería de Salud y Consumo de la Junta ha decidido sancionar con 5.201 euros a Yego Urban Mobility España SL, dedicada al alquiler de motocicletas eléctricas, por introducir cláusulas abusivas en los contratos y no facilitar los datos para poder reclamar. La empresa ha reconocido su responsabilidad y ya ha abonado la multa, que, con la reducción del 40% por asumir las infracciones, ha quedado establecida en 3.120,60 euros.

La federación había denunciado a la empresa en el marco de una campaña de control a las principales empresas de movilidad urbana tras constatar que Yego no disponía en su página web y app de modelos de hojas de reclamaciones oficiales, algo a lo que obliga la legislación andaluza de protección de los consumidores. Las otras denunciadas por este motivo fueron Uber, Lime, Acciona y Cabify, contra las que la Junta de Andalucía también abrió expedientes sancionadores.

La Consejería anunció la apertura del expediente sancionador en mayo de este año. Ahora, ha resuelto sancionar a Yego por dos infracciones, una de carácter grave y otra leve.

La infracción grave es por introducir cláusulas abusivas en el contrato. Así se desprende tras analizar el documento de Términos y Condiciones de Servicio, en el apartado 5.3 Facturación, donde Yego informa de que "se emitirá automáticamente una factura en formato electrónico que se podrá consultar y descargar desde la Aplicación Yego en la cuenta del Usuario/a el primer día del mes siguiente. El usuario/a acepta expresamente este modo de comunicación de las facturas, que no serán remitidas por parte de Yego en papel".

Facua Andalucía recordó que según el artículo 63.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007 "en los contratos con consumidores y usuarios éstos tendrán derecho a recibir la factura en papel. En su caso, la expedición de la factura electrónica estará condicionada a que el empresario haya obtenido previamente el consentimiento expreso del consumidor". La sanción impuesta por esta infracción es de 5.001 euros.

Por otro lado, la empresa ha incurrido en una infracción leve, sancionada con 200 euros, por no cumplir con los requisitos de información que exige la normativa andaluza, ya que no indica en su página web, y tampoco en la app, los datos necesarios para que los usuarios puedan presentar sus reclamaciones contra la empresa.

Qué dice la ley

En su denuncia, la federación recordaba que el Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía, señala que "si por la actividad desarrollada no existieran dependencias fijas donde se comercialicen bienes o se presten servicios", deberá informarse acerca de las hojas de reclamaciones "en las ofertas, propuestas de contratación, presupuestos, contratos, facturas, resguardos de depósito, páginas webs, aplicaciones telemáticas de contratación y cualquier otro documento que se entregue en el ejercicio de la actividad de comercialización o prestación, a las personas consumidoras y usuarias".

Apunta, asimismo, que la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía prohíbe expresamente "no disponer de libros de hojas de quejas y reclamaciones oficiales, así como negarse o resistirse a suministrarlos a los consumidores que lo soliciten u ocultar o alterar las reclamaciones realizadas por este medio", así como "suministrar libros de hojas de quejas y reclamaciones que no sean oficiales a los consumidores que muestren su voluntad de presentar una reclamación".

Así, las vulneraciones han sido sancionadas con un importe de 5.001 euros por la infracción grave y con 200 euros por la leve. En total, 5.201 euros que se han visto reducidos a 3.120,60 (el 40%) por el reconocimiento de responsabilidad por parte de Yego y el pago de la multa.

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