Recibos fiscales

Cómo pagar menos impuestos en Sevilla

  • El gobierno municipal ofrece una serie de bonificaciones y reducciones en determinados impuestos, tasas y precios públicos del Ayuntamiento de Sevilla y sus organismos para lograr rebajar los recibos tributarios 

La Agencia Tributaria de Sevilla, en las oficinas del Prado.

La Agencia Tributaria de Sevilla, en las oficinas del Prado. / José Ángel García

El 2020 que acaba de empezar se presenta con precios más al alza que a la baja. En Sevilla, lo más significativo es la subida del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) un 3%, que no se actualizaba desde 2015, y, en los próximos meses, también costará más el agua (un 7% más en Emasasa y un 4% más en Aljarafesa) y el billete univiaje de Tussam (autobuses urbanos y tranvía) se incrementa 10 céntimos hasta costar 1,50 euros.

En los próximos meses, posiblemente primavera, también subirá la tasa de la basura únicamente para las viviendas y apartamentos turísticos (de 2 a 5 euros por plaza en función de la categoría de la calle), así como para las residencias de estudiantes y colegios mayores (4 euros por plaza cada tres meses).

A pesar de estas subidas de precio, hay determinados impuestos, tasas y precios públicos del Ayuntamiento de Sevilla y sus organismos  que recogen una serie de bonificaciones y reducciones que rebajan los recibos tributarios, especialmente para las familias numerosas, los emprendedores, la generación de empleo y la adopción de medidas de ahorro energético y lucha contra el cambio climático.

El Ayuntamiento ha elaborado un documento en el que informa cuáles son estas bonificaciones y cómo combinarlas. Esto permite, por ejemplo, que los emprendedores no tengan que pagar durante varios años el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o vean sustancialmente reducido el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y de obras (ICIO), además de disfrutar de cheques fiscales por creación de empleos fijos, o que las familias con escasos recursos limiten sus pagos. Aquí se indican las más destacadas.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Con el objetivo de impulsar las Viviendas de Protección Oficial (VPO) y los pisos de alquiler social, y apostar por la energía solar en viviendas, el empuje de la Zona Franca y la creación de empleo, el Ayuntamiento ofrece una serie de bonificaciones sobre el IBI. 

Con este tipo de reducciones, por ejemplo, una familia numerosa de hasta cuatro hijos que resida en una vivienda de hasta 55.000 euros de valor catastral tiene una bonificación del IBI del 75%. Si supera los cuatro hijos, el descuento es del 90%, es decir, sólo abonaría el 10% del IBI.

También destaca una bonificación del 70% a los inmuebles sujetos a obras de urbanización, construcción y promoción desde el inicio de las mismas hasta su terminación o, en todo caso, como máximo durante tres años fiscales (periodos impositivos). Este porcentaje alcanza el 90% para las cooperativas de viviendas y promotoras públicas de viviendas.

Otras reducciones son del 50% para VPO y viviendas protegidas durante tres años fiscales; 95% para inmuebles de organismos públicos de investigación y enseñanza universitaria; 50% durante tres años para inmuebles que instalen sistemas de energía solar y, del 30% a partir del tercer año; 20% por implantación de empresas en la Zona Franca de Sevilla; y del 95% por fomento de empleo para inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas declaradas de especial interés o utilidad municipal.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Con estas bonificaciones el gobierno municipal pretende dar un empujón al emprendimiento y fomentar las energías renovables y el coche compartido.

Dentro de este impuesto destaca una reducción de la cuota del 95% a las cooperativas y las sociedades agrarias de transformación. El Ayuntamiento también plantea una bonificación del 50% de la cuota del IAE para quienes se adentren en cualquier actividad profesional y durante cinco años una vez que hayan transcurrido dos años desde el inicio de la misma (es decir, se cuentan los cinco años de bonificación fiscal a partir del tercer año del nacimiento de la empresa).

Este último descuento se puede combinar con otra bonificación adicional por inicio de actividad empresarial a partir del segundo año del nacimiento de la empresa. Será del 50% durante los tres primeros años y de 10% el cuarto y quinto año. Por tanto, durante tres años y una vez transcurridos dos años desde el inicio de la actividad, el emprendedor, agregando las reducciones, no pagará el IAE durante tres años, y durante el cuarto y quinto años su bonificación alcanzará el 60%.

También se aplicará, entre otros, una reducción del IAE para actividades empresariales que estén afectadas por obras en la vía pública; y del 50% por utilización o producción de energías renovables o por establecer un plan de transporte para trabajadores con objeto de reducir el consumo de energía y las emisiones causadas por el desplazamiento al lugar del puesto de trabajo y fomentar el empleo de los medios de transporte más eficientes, como el transporte colectivo o el compartido. 

Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

En este campo, se apuesta por los vehículos verdes. Así, se aplicará una bonificación del 75% a los vehículos históricos, sean turismos o motocicletas, y el mismo porcentaje durante los primeros cuatro años desde la matriculación o la instalación de sistemas para vehículos que sean eléctricos, bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas), que estén impulsados por energía solar o que utilicen exclusivamente como combustible biogás, gas natural, gas líquido, metano, metanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales.

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

El Ayuntamiento contempla bonificaciones adicionales para las VPO, reformas en viviendas de personas con movilidad reducida y para obras de nuevos negocios y energía solar de autoconsumo. De este modo, ofrece una reducción del 50% del ICIO a obras de nueva planta para la construcción de VPO, así como de garajes y trasteros vinculados a viviendas; del 90% para obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad a personas con discapacidad; y del 95% del ICIO para la construcción, rehabilitación o reforma de inmuebles destinados a acoger colectivos de especial atención (personas con diversidad funcional, víctimas de violencia de género, drogodependientes, inmigrantes, etcétera), entre otras bonificaciones.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías)

En este punto se apuesta por la disminución de la carga tributaria en transmisiones de la vivienda habitual y para negocios a familiares por fallecimiento del propietario. Así, hay una bonificación del 95% para transmisión de la vivienda habitual por causa de muerte en favor de los descendientes y adoptados, cónyuges y ascendientes y adoptantes. La finca debe destinarse también a vivienda habitual de los herederos que hubieran convivido con el fallecido y el valor catastral objeto de transmisión mortis causa no debe superar los 75.000 euros.

Otras tasas e impuestos

En la tasa de salida y entrada de vehículos (Vados), se compensará a los ciudadanos por las obras del Ayuntamiento que impidan el acceso temporal a su garaje con una bonificación del 25% cuando las obras tengan una duración superior a los 3 meses; del 50% para obras superiores a 6 meses; 75%, para más de 9 meses; y del 100% para aquellas superiores a los 12 meses.

En la tasa por prestación de servicios urbanísticos, se ofrece una reducción del 50% de la cuota para familias numerosas en las licencias o tramitación de declaraciones responsables por reformas en inmuebles de uso residencial cuyo presupuesto de la obra sea inferior a los 40.000 euros. Y del 50% para quienes acrediten haber perdido su empleo en los doce meses anteriores a la solicitud de la licencia y encontrarse en paro o se hayan constituido como autónomos también en los 12 meses anteriores a la solicitud. Las obras deben ser de reforma de locales y no exceder los 90.000 euros de presupuesto.

En los precios públicos relacionados con la protección animal para familias con pocos recursos, éstas sólo tendrán que abonar la mitad de los servicios veterinarios. En concreto, se incluyen: emisión de pasaporte; implantación de microchip; vacunaciones antirrábicas de perros, gatos y hurones; observación antirrábica a domicilio; sacrificio eutanásico de perros y gatos; incineración de perros y gatos; cambio de titularidad en el documentos de identificación animal, y expedición de certificado sanitario veterinario.

También existen bonificaciones para los recibos bancarios domiciliados (5%) y cheques fiscales por valor de 250 euros por empleo creado para aplicar a recibos tributarios.

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