Denuncia a los cines Yelmo del centro Lagoh por impedir el acceso con comida y bebida

Consumidores

Facua da curso a las quejas de distintos usuarios por la prohibición expresa de introducir alimentos no adquiridos en Yelmo Cines

Interior del centro comercial Lagoh.
Interior del centro comercial Lagoh.
R.D.

16 de octubre 2019 - 16:31

Facua Sevilla ha denunciado a Yelmo Cines, propietarios de las salas del centro comercial Lagoh, por impedir el acceso con comida y bebida al interior del establecimiento.

La asociación asegura que ha recibido "quejas de distintos usuarios" por la prohibición expresa de acceder a las instalaciones con productos de alimentación que no hayan sido adquiridos en el bar que está en su interior.

Concretamente, los usuarios de la sala han hecho saber a Facua que dentro de Yelmo Cines aparece un cartel donde se lee que "en cumplimiento del Decreto 10/2013, de 28 de enero, Yelmo Cines informa de que, al disponer de servicio de bar en este establecimiento y estar dado de alta en el epígrafe 474.6 del Impuesto de Actividades Económicas, no está permitida la entrada de alimentos y/o bebidas no adquiridas en Yelmo".

En este sentido, Facua Sevilla entiende que "dado que la actividad principal de estas salas es la exhibición de películas de cine (...) se puede considerar abusivo prohibir el acceso al recinto con comida y bebida procedente del exterior ya que, según indica la propia cartelería, disponen de servicio de bar".

Facua asegura que "se puede considerar abusivo" prohibir el acceso al recinto con comida

Según el comunicado de la asociación de consumidores, a nivel nacional FACUA-Consumidores en Acción también se encuentra tramitando denuncias contra todas otras aquellas salas de Yelmos Cines repartidas por toda España que lucen este cartel prohibiendo el acceso con alimentos del exterior.

Entre los antecedentes se encuentra el caso de Zafra Multicines España. Precisamente, en los últimos días, el Instituto de Consumo de Extremadura ha desestimado el recurso presentado por el cine de la localidad pacense contra la multa que le impuso por no permitir a los usuarios la entrada con bebida y comida del exterior para que tengan que comprarla dentro del establecimiento.

Esta sanción es la primera que trasciende como consecuencia de las decenas de multas presentadas por Facua en los últimos años por este tipo de irregularidades, cada vez más extendidas en el sector de la exhibición cinematográfica y también de conciertos, festivales de música y parques de atracciones.

Una "cláusula abusiva", según la normativa

FACUA Sevilla recuerda que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios indica que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

La asociación también señala que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre la prohibición de entrar a los cines con comida y bebida, recoge que "resulta irrazonable entender la limitación de la capacidad de elección del consumidor" y que "resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa".

Además, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (actual Aesan), publicó en 2016 un informe, también relacionado con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" y que el consumidor se encuentra ante una "limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".

stats