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Los jueces imponen 'numerus clausus' a las sentencias tras el caso Mari Luz

  • Cada juez dictará un máximo de 380 resoluciones al año frente a las 465 actuales · Se ganará tiempo para atender la fase de ejecución pero causará mayores retrasos

Los jueces de Sevilla no quieren que se repitan los errores del caso Mari Luz y para tratar de impedirlo están dispuestos a prestar más atención a la fase de ejecución de las sentencias, en detrimento del dictado de las mismas.

La decisión de limitar el número de sentencias que deben dictarse cada año fue adoptada en el transcurso de una junta de jueces de lo Penal celebrada el pasado 14 de abril, cuando la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya había abierto un expediente al titular del juzgado de lo Penal número 1, Rafael Tirado, por una falta muy grave de desatención en relación con la tramitación de la ejecutoria de Santiago del Valle, el presunto asesino de Mari Luz.

En el transcurso de esa junta, los magistrados de lo Penal de Sevilla decidieron, por una mayoría de siete a cuatro, limitar el número de sentencias a dictar cada año a 380, una cifra que supone una reducción del 18,2% (85 sentencias menos por juzgado) en el número resoluciones respecto a las que actualmente se dictan: 465 sentencias de media por juzgado de lo Penal y año.

Esta cifra no fue tomada de forma arbitraria, sino que coincide con el módulo de entrada de asuntos fijado por el máximo órgano de gobierno de los jueces. Según los magistrados sevillanos, 380 sentencias es el "número de resoluciones que pueden dictarse y ejecutarse dada la actual estructura" de la oficina judicial.

Esa medida provocará un retraso considerable en el dictado de las resoluciones en Sevilla, por cuanto supone dictar 1.105 sentencias menos que el año pasado, que tendrán que resolverse en el ejercicio siguiente. La dilación será aún mayor porque, además, habrá que sumar el incremento del volumen de asuntos que cada año llega a los juzgados.

El decano de los jueces de Sevilla, Federico Jiménez Ballester, reconoció ayer que, si bien la decisión adoptada por la junta de jueces "va a producir un retraso en la celebración de juicios y el dictado de las sentencias, permitirá a la vez a esos mismos jueces que tienen encomendadas la tramitación de las ejecutorias un control más eficaz y directo sobre la fase de ejecución de las resoluciones".

La estadística oficial del CGPJ recoge que durante 2007 los trece juzgados de lo Penal de Sevilla dictaron un total de 6.045 sentencias y 154 autos, con una media por órgano de 465 sentencias y 11 autos.

La propuesta de reducir el número de sentencias salió adelante después de que los jueces sevillanos barajaran otras opciones que fueron finalmente descartadas, como no celebrar ningún juicio durante un mes y dedicar ese tiempo a revisar las ejecutorias, o llevar a cabo señalamientos de vistas por semanas alternas, para dedicar una semana a celebrar juicios y otra al control de la tramitación de las ejecuciones.

En aquella junta extraordinaria, los jueces también se pronunciaron sobre el caso del juez Rafael Tirado, aunque sin citarlo expresamente, al afirmar en el acta elaborada tras la reunión que las facultades de supervisión de los asuntos encomendados a los jueces "no incluye las responsabilidades por la tramitación de las ejecutorias si la oficina judicial (cuya dirección no tienen encomendada) no da cuenta del estado de tramitación de las mismas".

Para los magistrados, la situación actual "demuestra que la oficina judicial no funciona adecuadamente" y, en este sentido, consideran que ese funcionamiento incorrecto obedece a la "falta de implantación del nuevo modelo [de oficina judicial] previsto en la ley orgánica del Poder Judicial".

Todo ello lleva a los jueces sevillanos a estimar que "no puede responsabilizarse a los jueces de tales disfunciones, por cuanto el CGPJ y el Ministerio han fijado el módulo de entrada de asuntos para estos juzgados atendiendo al número de sentencias a dictar y no a las ejecuciones de los fallos dictados". Los magistrados hacen hincapié en que cuando el CGPJ fijó los módulos de trabajo en el año 2000, los juzgados sólo ejecutaban las sentencias que estos órganos generaban por la celebración de juicios: un 84,21% de esos juicios se transformaban en ejecutorias. En los últimos años y debido a varias reformas legales, estos juzgados han experimentado un incremento en las ejecutorias, al serles remitidas las sentencias de los juicios rápidos que celebran los jueces de Instrucción.

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