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'Caso Mercasevilla'

La negativa de Mellet a declarar abre la vía para exculpar a Rivas

  • La declaración del ex gerente ante la Policía y la Fiscalía atribuyendo al ex delegado las supuestas órdenes para exigir la comisión de 300.000 euros es el único indicio y no han sido ratificadas ante la autoridad judicial.

La decisión de Fernando Mellet de acogerse a su derecho constitucional a no declarar puede marcar de forma definitiva el resultado del juicio que se sigue en la Audiencia de Sevilla por el presunto cohecho en la empresa Mercasevilla. La negativa del ex gerente del Mercado mayorista a prestar declaración ha beneficiado sin duda alguna al ex delegado provincial de Empleo Antonio Rivas, al que ha abierto de par en par las puertas para que el jurado pueda exculparle de cualquier participación en la exigencia de una comisión de 300.000 euros a los empresarios de La Raza. 

El testimonio del que está considerado como principal imputado en la causa era vital porque constituía el único indicio que existía en todo el proceso contra el ex delegado de Empleo, dado que Fernando Mellet declaró cuando saltó el escándalo, en la primavera de 2009, que la citada comisión se pidió porque Antonio Rivas había dado instrucciones para que se solicitara a los empresarios una "colaboración voluntaria" para la realización de diversos proyectos sociales de la Junta, relacionados con la "inmigración y las minorías étnicas", con lo que las aportaciones solicitadas eran a su juicio "lícitas". Mellet también dijo a los investigadores policiales que los 300.000 euros debían requerirse como "compensación por la subvención concedida", si bien afirmó que nunca tuvo intención de vincular la ayuda de 900.000 euros que había otorgado la Junta con la colaboración solicitada a los hosteleros Pedro Sánchez Cuerda y José Ignacio de Rojas, aunque el ex director de Mercasevilla llegó a admitir que de la audición de la grabación aportada a la causa "se desprende lo contrario". 

Éste era el único indicio de la presunta participación de Antonio Rivas en el delito de cohecho, ya que el ex delegado ni siquiera estuvo en las relaciones en las que se exigió el dinero y tampoco aparece mencionado en las mismas. 

Como Mellet se acogió también a su derecho a no declarar cuando fue imputado por la juez Mercedes Alaya, su testimonio no ha sido ratificado por tanto ante ninguna autoridad judicial, dado que las investigaciones policiales y las que realizó la propia fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, aunque gozan de cierta autenticidad, no pueden considerarse declaraciones sumariales. 

En la práctica, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional considera que la declaración de un "coimputado", como es Fernando Mellet, que no ha sido ratificada ante la autoridad judicial carece de consistencia plena como prueba de cargo cuando no resulta "mínimamente corroborada" por otras pruebas en contra del imputado. Y si la declaración de Mellet no ha sido ratificada ni en el juzgado ni ahora en el juicio oral no puede considerarse como prueba de cargo capaz de desvirtuar el principio de presunción de inocencia del que goza inicialmente cualquier imputado. 

El abogado Francisco Baena Bocanegra ya intentó durante la fase de instrucción que la juez Alaya archivara el proceso contra Rivas, al entender que no había ni un solo elemento documental, testifical o de cualquier otra naturaleza que permita acreditar que Rivas actuó de acuerdo con los otros acusados, pero la juez Alaya rechazó el sobreseimiento. 

La decisión sobre la posibilidad de exculpar a Antonio Rivas recae directamente sobre el magistrado que preside el tribunal del jurado, Ángel Márquez, tal y como establece la ley del jurado. Esta norma establece en su artículo 49 que una vez que concluyan los informes de la acusación, esto es una vez que se practiquen todas las pruebas y al final de la vista oral, la defensa "puede solicitar del magistrado-presidente, o éste decidir de oficio, la disolución del Jurado si estima que del juicio no resulta la existencia de prueba de cargo que pueda fundar una condena del acusado". La ley señala que si la inexistencia de prueba de cargo "sólo afecta a algunos hechos o acusados, el magistrado-presidente podrá decidir que no ha lugar a emitir veredicto en relación con los mismos" y en tales supuestos se debe dictar una sentencia absolutoria "motivada" en tres días. 

Cuando Fernando Mellet se acogió a su derecho a no declarar, la Fiscalía Anticorrupción y las demás acusaciones solicitaron al juez que se diera lectura de sus declaraciones ante la fiscal jefe, la haber apreciado un testimonio "contradictorio" entre las afirmaciones que realizó entonces y su actual silencio. El juez Ángel Márquez rechazó la petición porque esas declaraciones no son diligencias sumariales, ante lo que el fiscal mostró su protesta a los efectos de un posible recurso. 

Mellet dijo que se negaba a declarar "siguiendo las instrucciones y el asesoramiento de su letrado", por cuanto reiteró que considera que "desde el principio de la instrucción hasta el día de hoy se han vulnerado" sus derechos fundamentales. El magistrado le interrumpió para advertirle que "si no quiere declarar, no declare" pero no tiene que hacer ninguna alocución. 

El fiscal anticorrupción, Juan Enrique Egocheaga, pidió que se hicieran constar en el acta las preguntas que iba a realizar, para que el jurado pudiera escucharlas, y entre ellas el representante del Ministerio Público planteó "para quién" era el dinero que se exigió y también si Antonio Rivas "le dijo para quién era el dinero, o en su caso, ¿cómo se lo iban a repartir?" y si "prometió" a los otros imputados, Daniel Ponce y Regla Pereira, alguna cantidad de dinero a cambio de su participación. 

El juicio continuará hoy con la declaración del ex subdirector del Mercado Central Daniel Ponce, quien ayer ya anunció, antes de que la vista se tuviera que suspender tras varios apagones eléctricos, que sólo iba a responder a las preguntas de su abogado y se iba a negar a contestar a cuantas le plantearan el fiscal, las acusaciones y las otras defensas.

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