La juez recalca a Medrano que los actos culturales "están por encima" de ideas políticas

La juez instructora imputa a la concejal de IU los delitos de prevaricación y contra el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas.

La juez impone una fianza de 22.000 euros a la edil Medrano por el caso Foxá
La juez impone una fianza de 22.000 euros a la edil Medrano por el caso Foxá
E.p., Sevilla

07 de octubre 2010 - 16:34

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, que ha procesado a la concejal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Sevilla, Josefa Medrano (IU), por impedir la celebración de un homenaje en octubre de 2009 al escritor Agustín de Foxá en el centro cívico Tejar del Mellizo, ha argumentado que los actos culturales y los elementos de valor artístico "están por encima" de las ideologías políticas.

En el auto de incoación de procedimiento abreviado, dictado el pasado día 30 de septiembre, la juez instructora imputa a la concejal de IU los delitos de prevaricación y contra el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, añadiendo que los indicios existentes "son bastantes" para abrir la denominada fase intermedia, dando por terminada así la fase de instrucción.

La juez Alaya considera que Medrano "conocía por la propia solicitud" de fecha 14 de septiembre de 2009 que la entidad peticionaria del espacio público era una asociación cultural, "por lo que era lógico deducir que el acto que se pretendía celebrar tuviera ese mismo carácter". Además, añade que "aunque la inculpada argumenta que desconocía que Foxá fuera escritor, precisamente los propios correos electrónicos recibidos ponen de manifiesto que Foxá era un autor literario, condición que debió ser comprobada por la denunciada si albergaba alguna duda".

"Resulta cuanto menos extraño que la inculpada, abrumada por la lectura de los citados correos, sólo se fijara en que se mencionaba a Foxá como persona próxima al régimen franquista y no en la condición de literato a la que también se hacía alusión clara", según prosigue la juez Alaya.

De esta forma, se refiere a la declaración judicial de Medrano en la que ésta dijo que en los días previos a la celebración del acto "se estuvieron recibiendo llamadas telefónicas y multitud de correos electrónicos oponiéndose al acto en virtud de la ideología política de Foxá".

En este sentido, y sobre el informe suscrito por la concejal de IU el 20 de noviembre de 2009, señala que "constituye un acto discriminatorio impedir la prestación de un servicio, en este caso la celebración de un acto cultural en homenaje a un escritor, alegando que es contrario al espíritu de la Ley de Memoria Histórica". Añade que el propio artículo 15 de la citada Ley "excluye la retirada de escudos, símbolos o cualquier otro objeto conmemorativo o de similares características cuando concurran razones culturales o artísticas".

En definitiva, añade la juez Alaya, los actos culturales y los elementos de valor artístico "están por encima" de las ideologías políticas, "inclusive de las de sus propios autores, y tales obras deben ser protegidas por los poderes públicos". Por lo que en cuanto al "temor" de la imputada a disturbios públicos por el "desacuerdo" de un grupo de personas con el acto, considera que "tampoco constituye justificación legítima para la denegación del acto, cuando éste estaba amparado por la legalidad y para su normal desenvolvimiento podía haberse acudido a protección policial".

Por último, cita la declaración de la propia directora del centro cívico, Cristina Paloma Torrego, quien dijo que "no entendía por qué sus superiores le indicaban que debía comunicar a los solicitantes la revocación de la autorización, ya que ésta cumplía todos los requisitos".

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