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Sociedad

Estos son los trabajadores que pueden jubilarse de manera anticipada sin perder dinero

El personal de vuelo de trabajos aéreos pueden jubilarse a los 52 años

El personal de vuelo de trabajos aéreos pueden jubilarse a los 52 años / Caleb Woods

Todos los trabajos son duros, pero obviamente hay algunos más duros que otros, en algunos de ellos la capacidad física de la persona es muy importante. Hay ocasiones en las que a cierta edad una persona no puede desempeñar el trabajo de una forma adecuada y es momento de dejar paso a las nuevas generaciones. En otras ocasiones, el trabajador está pensando en su jubilación, esto suele pasar cuando una persona lleva muchos años en su puesto de trabajo.

En España hay ciertos trabajos que permiten la jubilación anticipada. Desde la Seguridad Social explican que el acceso a jubilaciones anticipadas se da de forma diferente a los trabajadores que lleven a cabo trabajos de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad. Esta jubilación anticipada puede darse en algunas profesiones a los 52 años.

Hay otras formas de poder jubilarse de forma anticipada. Para ello, hay que cumplir una serie de requisitos generales, debemos estar dados de alta en la Seguridad Social y haber cotizado al menos 15 años, de los cuales, dos deben estar entre los 15 previos a la solicitud de jubilación. A continuación, un listado facilitado por la Seguridad Social de los oficios que se rigen de forma distinta para tener una jubilación anticipada especial.

Trabajadores de la minería

Las jubilaciones anticipadas para estos trabajadores están reguladas por el Real Decreto 2366/1984, de 26 de diciembre, que contempla coeficientes reductores de la pensión de entre el 0,05 y el 0,5 y se aplican sobre los años efectivamente trabajados para determinar la reducción de la edad de jubilación. Cada una de las diferentes funciones dentro del mismo gremio tienen coeficientes distintos.

Trabajadores del mar

Los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores del Mar también tienen derecho a la reducción especial de su edad de jubilación. Los coeficientes que se les aplica aparecen en el Real Decreto 1311/2007, de 5 de octubre, que contempla coeficientes de entre el 0,10 y el 0,40 en función de la profesión realizada, siempre con el tope de adelanto máximo de 10 años antes de la edad de jubilación.

Personal de vuelo de trabajos aéreos

A estos trabajadores les regula el Real Decreto 1559/1986, de 28 de junio, que contempla dos tipos de coeficientes: del 0,40 para pilotos y segundos pilotos y del 0,30 para mecánicos de aeronave, navegantes operadores de fotografía aérea, operadores de medios tecnológicos, fotógrafos aéreos y operadores de cámara aérea.

Artistas musicales y circenses

Según explica la Seguridad Social, los cantantes, bailarines y trapecistas podrán jubilarse sin reducciones a partir de los 60 años siempre que acrediten ocho años de experiencia dentro de los últimos 21. El resto de trabajadores también puede acceder a la jubilación desde esa edad, pero por cada año de adelanto se le reducirá un 8% de la pensión.

Profesionales del mundo taurino

Los matadores de toros, rejoneadores y novilleros pueden jubilarse a los 55 años si tienen experiencia demostrada en 150 actos, mientras que los banderilleros, picadores y toreros cómicos precisan de 200 festejos para jubilarse a esa edad.

A los puntilleros se les exige 250 festejos para poder jubilarse a partir de los 60 años al igual que a los mozos de estoque y rejones y ayudantes. Se les reducirá un 8% de la pensión por cada año de adelanto.

Trabajadores ferroviarios

De acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, habrá coeficientes de un 0,15 y de un 0,10 dependiendo de la profesión desempeñada dentro del sector. El artículo 3 del texto legal incluye una extensa lista de profesiones.

Bomberos 

El Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo establece que a partir de los 60 años de edad se puede aplicar un coeficiente del 0,20. Para trabajadores con al menos 35 años de carrera se reduce la edad a los 59 años.

Miembros de la Ertzaintza

Los trabajadores de la policía autonómica vasca tienen coeficientes idénticos a los de los bomberos: del 0,20 a partir de los 60 años, con posibilidad de reducir la edad de jubilación a los 59 si se acreditan 35 años de carrera.

Policías locales

Su coeficiente reductor es también del 0,20 y se aplica hasta cinco años de la edad de jubilación, siendo seis años antes para los trabajadores con 36 años de carrera acreditada.

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