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Competencia multa a Mediaset por la fusión
El organismo de control sanciona con tres millones por incumplimiento de compromisos comerciales
Mediaset ha recibido un varapalo por la administración comercial de Cuatro y los canales de la TDT pertenecientes a Prisa tras la compra confirmada en 2011. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo de control del sector audiovisual, ha impuesto una sanción de 3 millones de euros a la compañía de Telecinco por haber incumplido determinados compromisos tras el proceso de concentración de Cuatro. Competencia considera lo ocurrido como una infracción "muy grave" de la Ley de Defensa de la Competencia ya que se contemplaba en la autorización de la fusión la comercialización conjunta de la publicidad de los principales canales del grupo. En 2010, se autorizó con compromisos dicha adquisición de Cuatro por parte de Gestevisión Telecinco (actualmente Mediaset).
Competencia hizo vinculantes una serie de compromisos debido al riesgo para la competencia del sector, que implicaba la gestión conjunta de la publicidad de los canales de televisión de Telecinco y Cuatro. Estas medidas estaban dirigidas a garantizar que la nueva estructura del mercado audiovisual siguiera permitiendo a los anunciantes contratar publicidad de forma separada en cada uno de los principales canales del nuevo grupo.
El 23 de marzo de 2015 la CNMC abrió un expediente sancionador contra Mediaset por detectar comercialización conjunta de Telecinco y Cuatro. Tras la instrucción del expediente, la CNMC ha acreditado que Mediaset incumplió el apartado dedicado a "no desarrollar políticas comerciales y de precios que supongan, formalmente o de facto, la venta vinculada, directa o indirectamente, a los anunciantes de los canales Telecinco y Cuatro".
Competencia ha verificado que desde al menos el 6 de febrero de 2013 hasta al menos el 31 de marzo de 2014, Mediaset, al negociar la publicidad con sus anunciantes, habría requerido o habría aceptado la inclusión formal de una cuota global mínima de inversión en sus canales como factor de negociación con los anunciantes. Es decir, existían empresas que recibían paquetes de programación o condiciones favorables de facturación por anunciarse en Telecinco y en Cuatro.
En febrero de 2013 Competencia ya sancionó a Mediaset por el incumplimiento de varias de las condiciones de la fusión con una multa de 15 millones de euros. Entre las condiciones infringidas entonces ya se encontraba la prohibición de vincular la contratación de publicidad en sus canales de mayor audiencia. La CNMC añadía ayer en su anuncio que contra esta sanción no cabe recurso alguno en vía administrativa, aunque se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional. Mediaset dispone de dos meses para presentar ese contencioso, que presumiblemente redactará como respuesta ante el planteamiento y sanción del órgano de control audiovisual.
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