Condenado por pegar a un médico que no le recetó lo que pedía

Alcalá de Guadaíra

El acusado golpeó al sanitario cuando éste almorzaba en un bar tras no acceder a sus peticiones en el Centro de Salud. Se le imputa un delito de atentado a la autoridad.

Efe, Sevilla

10 de junio 2012 - 16:19

Un vecino de Alcalá de Guadaíra ha sido condenado a un año de cárcel y el pago de 1.000 euros de indemnización por pegar al médico de un Centro de Salud que no le recetó los medicamentos que pedía, por no ser su cometido.

Los hechos ocurrieron sobre las 13:15 horas del 20 de enero de 2006 en el Centro de Salud Nuestra Señora de la Oliva de Alcalá de Guadaíra, cuando el acusado José Antonio M.M., de 57 años, pretendía que el médico de guardia le recetase unas medicinas.

El médico se negó por no ser su cometido, por lo que el acusado puso una queja en el mostrador de atención al público y se fue, según la sentencia del juzgado penal 15 de Sevilla.

Poco después, sobre las 14:45 horas, el médico estaba almorzando en el bar Trigueros en compañía de unos compañeros de trabajo cuando el acusado se dirigió a él, gritándole "que era un sinvergüenza y un hijo de puta".

A continuación le golpeó en la cara con la mano abierta, lo que le causó una herida en el labio con inflamación y crisis de ansiedad, lesiones de las que sanó en ocho días.

La sentencia considera que se trata de un delito de atentado a la autoridad pues el agredido tenía ese momento la condición de funcionario público como médico colegiado del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y fue acometido con motivo de su actuación profesional.

Aunque el acusado negó la agresión y solo reconoció "un encontronazo en el que mediaron insultos", la sentencia se basa en el testimonio de las dos personas que acompañaban al agredido, que vieron como el médico fue golpeado en el rostro con la mano abierta y que empezó a sangrar por la boca, en un testimonio "coincidente y contundente".

La agresión se detuvo cuando uno de los testigos se interpuso entre ambos.

El fallo aplica la atenuante de dilaciones indebidas por los seis años transcurridos desde que ocurrieron los hechos, en enero de 2006, hasta la celebración del juicio en mayo de 2012, en un retraso "no imputable al acusado".

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