Adiós a cobrar el 100% de tu pensión: la Seguridad Social aplica coeficientes reductores a quienes les corresponda más de esta cuantía
Esta norma afecta tanto a quienes se hayan jubilado de forma anticipada como a los pensionistas que cobren varias pensiones, siempre que su base reguladora supere la pensión máxima
Los trabajadores con largas carreras laborales y altas bases de cotización son los más beneficiados por el método que utiliza la Seguridad Social para calcular las cuantías de las pensiones. No obstante, cada año se establece en España una pensión máxima que ninguna pensión contributiva puede superar. Es decir, si tras aplicar el método de cálculo la pensión de un trabajador se situara por encima de la pensión máxima, la Seguridad Social la recortará hasta quedar fijada en dicho importe máximo establecido.
La Ley General de la Seguridad Social contempla este precepto en su artículo 57, que establece que "el importe inicial de las pensiones contributivas de la Seguridad Social no podrá superar la cuantía íntegra mensual que establezca anualmente la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado". En 2025, la pensión máxima es de 3.267,60 euros mensuales —45.746,40 euros brutos al año—, por lo que ningún pensionista puede cobrar por encima de dicha cantidad, perciba una o varias pensiones.
¿Cómo calcular la cuantía máxima de la pensión de jubilación?
Para entenderlo mejor, cabe recordar cuál es el método de la Seguridad Social para calcular la cuantía de la pensión. En la actualidad, la base reguladora es el resultado de dividir entre 350 las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años). Después ese coeficiente se multiplica por un porcentaje en función del periodo de cotización:
- 50% de la base reguladora para quienes hayan cotizado el mínimo exigido de 15 años para acceder a una pensión contributiva, de los cuales dos deben enmarcarse en los 15 años anteriores a la jubilación
- Por cada mes adicional, del 1 al 49, se suma un 0,21% más. En los 209 meses restantes, desde el mes 50, el coeficiente adicional es del 0,19%
- Quienes hayan cotizado 36 años y 6 meses (438 meses) o más, cobrarán el 100% de la base reguladora de su pensión
Si el resultado de esta operación resulta superior a los 3.267,60 euros mensuales debido al acúmulo de bases de cotización elevadas, la cuantía de su pensión quedará fijada en dicho importe máximo automáticamente.
Un coeficiente reductor extra para las jubilaciones anticipadas
La pensión máxima se aplicará también para los trabajadores con largas carreras de cotización, aún cuando decidan acogerse a la jubilación anticipada. En 2025, los trabajadores con al menos 35 años cotizados podrán jubilarse a los 64 años y 8 meses; a los 63 años quienes poseen carreras de cotización más largas.
Ahora bien, por cada uno de los meses que se adelanta la jubilación (hasta un máximo de 24) y en función de los años cotizados, se aplican coeficientes reductores de entre el 2,81% y el 21% sobre la base reguladora de la pensión. Si tras su aplicación, la cuantía de la pensión continuara siendo superior a la cuantía máxima, se aplicará un coeficiente reductor extra.
Los incentivos de demora y el complemento de brecha de género, las excepciones
Imagina que un trabajador a la hora de jubilarse, en noviembre de 2025, ha cotizado 40 años con una base media de cotización de 3.900 euros durante los últimos 25 años. En teoría, le corresponde cobrar el 100% de su base reguladora, que es de 3.342,86 euros mensuales, 46.800 euros al año si se tienen en cuenta las dos pagas extraordinarias. Sin embargo, la Seguridad Social recortará esta cuantía en 75,26 euros mensuales —1.053,60 euros al año— y pasará a cobrar la pensión máxima, que se revalorizará anualmente por encima del IPC.
Lo mismo ocurre en el caso de los pensionistas que cobran dos pensiones contributivas. Por ejemplo, un trabajador con una pensión de jubilación de 2.000 euros de jubilación y 1.500 euros de viudedad, cobra una suma de 3.500 euros mensuales. En cada nómina, la Seguridad Social le recortará 232,40 euros para que la cuantía se corresponda con la pensión máxima.
Las únicas formas de superar la pensión máxima son a través de la jubilación demorada y del completo para la reducción de la brecha de género:
- Los trabajadores que acceden a la pensión de jubilación a una edad superior a la edad legal ordinaria —que en 2025 es de 66 años y 8 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 años y 3 meses—, cuya cuantía sea superior a la pensión máxima, podrán cobrar un pago único adicional a tanto alzado o una cantidad anual adicional.
- El complemento para la reducción de la brecha de género "no se tiene en cuenta en la aplicación del límite máximo de las pensiones contributivas ni para determinar el complemento para pensiones inferiores a la mínima". En 2025, consiste en 35,90 euros por cada hijo hasta un máximo de 143,60 euros mensuales.
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