¿1.400 euros al mes? Esto es lo que realmente reciben los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en 2026

Esta prestación complementa los ingresos de la unidad familiar para paliar las situaciones de vulnerabilidad económica y exclusión social

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El IMV contempla complementos para las unidades de convivencia con miembros con discapacidad o menores de edad.
El IMV contempla complementos para las unidades de convivencia con miembros con discapacidad o menores de edad.

¿Cuánto cobran realmente los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)? Esta es la pregunta que muchos se hacen tras las polémicas declaraciones de una vecina de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla) en el programa En boca de todos, que se defendía así de las acusaciones de narcotráfico: "Yo lo que cobro son 1.400 euros de mi ayuda vital y mi madre que me ayuda. Con eso voy viviendo". Cabe recordar que el IMV es una prestación de la Seguridad Social que garantiza un nivel mínimo de renta a quienes se encuentran en una situación económica vulnerable.

El IMV ha vuelto asimismo a la actualidad después de que el Congreso rechazase el llamado decreto ómnibus que, entre otras medidas, recogía una subida del 11,4% para esta prestación. Ahora bien, las cuantías del IMV no son fijas, si no que son el resultado de la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de las personas beneficiarias, en función del tipo de hogar. A continuación, detallamos cuáles son los requisitos para acceder a esta prestación y sus cuantías.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se puso en marcha en el contexto de la pandemia en 2020 y se regularizó más tarde a través de la Ley 19/2021. En diciembre de 2025 —últimos mes con datos— percibieron esta ayuda casi 800.000 hogares en los que viven más de 2,4 millones de personas, con una cuantía media de 483,10€ al mes por hogar, según el INE. Para solicitarlo, es necesario reunir los siguiente requisitos:

  • Haber residido de forma legal, efectiva y continuada en España durante al menos el año anterior
  • La unidad de convivencia deberá estar formada con al menos seis meses de antelación
  • Tener entre 23 y 65 años (nacidos entre 1961 y 2003), salvo excepciones para huérfanos, personas con hijos menores o mayores de 65 años sin pensión de jubilación, víctimas de violencia de género y explotación sexual, etc

Además, las personas beneficiarias deben encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, al no disponer de ingresos o patrimonio suficientes. Estos límites varían según el tipo de hogar, ya sea un adulto solo (20.353,62€ anuales), un adulto y dos menores (36.636,52€) o dos adultos y dos menores (44.777,96€), sin contar la vivienda habitual:

Límite por valor del conjunto de rentas y patrimonio, sin contar la vivienda habitual, para acceder al IMV en 2026.
Límite por valor del conjunto de rentas y patrimonio, sin contar la vivienda habitual, para acceder al IMV en 2026. / Seguridad Social

¿Cuánto se cobra realmente del Ingreso Mínimo Vital?

La cuantía del IMV es la diferencia entre la renta garantizada que fija la ley y los otros ingresos que los beneficiarios pueden tener. Por tanto, solo se puede acceder a la prestación si estos ingresos son inferiores a la renta garantizada y la cantidad recibida será la necesaria para que el beneficiario alcance este umbral económico. En 2026, la cuantía mínima garantizada es de 733,91€ para un adulto solo, 1.174,27€ para un adulto y dos menores o 1.394,45€ para dos adultos y dos menores:

Rentas garantizadas del Ingreso Mínimo Vital para 2026.
Rentas garantizadas del Ingreso Mínimo Vital para 2026. / Seguridad Social

No obstante, se han restablecido las rentas mínimas garantizadas de 2025 tras la derogación del decreto ómnibus. Además de las citadas cuantías, existen los siguientes complementos:

  • 895€ por cada miembro de la unidad de convivencia con un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • 115€ por cada menor de 3 años a cargo
  • 80,50€ por cada menor de entre 3 y 6 años a cargo
  • 57,50€ por cada menor de entre 6 y 18 años a cargo

"El IMV se configura como un derecho subjetivo, adaptado a la realidad de cada unidad de convivencia, y constituye un instrumento clave en la lucha contra la pobreza y la exclusión social", argumenta la Seguridad Social. El IMV es asimismo compatible con rentas del trabajo y contempla incentivos para favorecer la inserción laboral y mejorar las condiciones de vida de las familias.

¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

Los potenciales beneficiarios disponen de tres vías para solicitar el IMV:

  • Por internet, con certificado electrónico o Cl@ve, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
  • Por internet, sin certificado electrónico o sistema cl@ve, mediante el formulario especialmente habilitado por la Seguridad Social. Tenga en cuenta que se le pedirá documentación para verificar su identidad, incluyendo una fotografía y una dirección de correo electrónico.
  • Presencialmente en los Centros de Atención e Información (CAISS) de la Seguridad Social.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado asimismo el teléfono gratuito 020 para solicitar información y asesoramiento acerca de los requisitos, solicitudes, documentación, procedimiento y trámites necesarios para acceder a la prestación.

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