Confirmado por el SEPE: los desempleados que encuentren trabajo cobrarán de oficio una ayuda, pero consumirá días de paro si no la suspenden

El Complemento de Ayuda al Empleo (CAE) se creó tras la reforma de abril de 2025 para incentivar el reingreso de los desempleados al mercado laboral

Adiós al subsidio por desempleo, hola Ingreso Mínimo Vital: el SEPE confirma los requisitos para la transición automática de una prestación a otra

El CAE, compaginable con empleo a jornada completa o parcial, es de un máximo de 480 euros y puede cobrarse hasta 180 días. / Europa Press

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha informado de un cambio sustancial para los preceptores de la prestación contributiva por desempleo este 2026. Desde el 1 de enero, el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) se abona de oficio a las personas que encuentren trabajo tras haber estado cobrando el paro. No obstante, esta ayuda consume días de prestación.

"Si estás cobrando una prestación contributiva y empiezas a trabajar, empezarás a percibir de forma automática un ingreso que es el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE)", explica el SEPE en su página web. El CAE es una prestación que surge con la reforma de los subsidios en abril de 2025 con el objetivo de fomentar el reingreso al mercado laboral. No osbtante, para acceder al cobro de este complemento es necesario cumplir una serie de requisitos:

El CAE se puede percibir hasta un máximo de 180 días.

¿Cuál es la cuantía del Complemento de Apoyo al Empleo?

El CAE es una prestación contributiva y, por tanto, cada día cobrado equivale a un día de paro. Por otro lado, su cuantía varía cada mes, según la jornada laboral —se incrementará de forma directamente proporcional al tiempo de trabajo— y el mes en que se inicie el cobro de la prestación:

¿Cómo solicitar la suspensión del cobro del CAE?

Los beneficiarios del paro que cumplan los requisitos a los que no les compense cobrar el CAE una vez encuentren trabajo, dado que consume días de prestación, y decidan acumularlos para prestaciones futuras, deberán ahora solicitar la suspensión del cobro:

Si la solicitud de suspensión es presentada en el plazo de 15 días hábiles siguientes a la efectividad del CAE por inicio de la relación laboral a tiempo completo o parcial, la prestación quedará suspendida desde la fecha de inicio del contrato de trabajo. Fuera de este plazo, la prestación se suspenderá desde la fecha en que presentes la solicitud de suspensión del CAE, siempre que sea antes del cese en la relación laboral que ha originado el reconocimiento del CAE.

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