El futuro judicial de los líderes independentistas en manos esta semana del Constitucional

El Alto Tribunal abordará por primera vez la malversación del 'procés' y admitirá el recurso de Puigdemont contra la decisión del Supremo de no amnistiarle

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Carles Puigdemont. / Efe

El Tribunal Constitucional retomará el debate sobre la amnistía esta semana con dos nuevas sentencias que aplicarán la doctrina establecida en su primer fallo de junio de 2024, cuando avaló la ley con algunos matices menores. En esta ocasión, el tribunal realizará una primera aproximación al encaje de la malversación en la norma, al tiempo que admitirá a trámite el recurso de amparo presentado por el expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no perdonarle dicho delito.

El Pleno del Constitucional avanzará hacia la admisión de los amparos solicitados por el líder de Junts y los ex consejeros Antoni Comín y Lluis Puig. Esta decisión llega después de que, en la sesión anterior, el tribunal rechazara las recusaciones presentadas contra varios magistrados —el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías— con las que se pretendía apartarles de las deliberaciones sobre estos recursos relacionados con la ley de amnistía.

Con esta admisión, quedarán aceptados a trámite todos los amparos planteados hasta ahora contra la decisión del Supremo de no aplicar la ley de amnistía al delito de malversación en el 'procés'. El Alto Tribunal considera que estos hechos encajan en dos de las excepciones que la propia norma contempla para no aplicarla: la existencia de "un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial" y la afectación a los intereses económicos y financieros de la Unión Europea.

Los recursos de amparo y sus implicaciones

El Constitucional ya admitió previamente los recursos formulados por el exvicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsejeros Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. Quedaban pendientes únicamente los de Puigdemont, Comín y Puig, un trámite que se ha visto ralentizado precisamente por las recusaciones lanzadas por los dos primeros contra los magistrados Arnaldo, Espejel y Macías.

Una vez admitidos a trámite estos recursos, el tribunal deberá tomar dos decisiones adicionales. Por un lado, resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por los líderes independentistas: Junqueras y los demás condenados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 han pedido que se les levante la pena de inhabilitación, mientras que Puigdemont y Comín solicitan la revocación de las órdenes nacionales de detención que pesan sobre ellos.

Las fuentes consultadas señalan que, aunque es habitual que se soliciten este tipo de medidas cautelares, raramente se conceden, por lo que prevén que serán rechazadas. Esta decisión podría tomarse en un trámite específico —mediante piezas dedicadas exclusivamente a estas peticiones— o directamente en las sentencias que se dicten en su momento.

Primera aproximación a la malversación en la ley de amnistía

Las sentencias sobre los recursos de amparo, que determinarán si el Supremo debió amnistiar la malversación del 'procés', constituyen el principal asunto pendiente en el Constitucional respecto a esta ley desde que en junio de 2024 dictó su primer fallo, avalando la norma con algunos matices menores.

Será entonces cuando el TC entre de lleno en el análisis de la malversación y la ley de amnistía, aclarando el futuro inmediato de Puigdemont y Junqueras. No obstante, en el Pleno que comenzará el 7 de octubre de 2025, el tribunal realizará una primera aproximación a este delito en la sentencia que dictará sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por las Cortes de Aragón.

Este es el único recurso —de los 16 presentados por el PP a través de 'Génova', los gobiernos y parlamentos de las comunidades autónomas que gobierna, más el Ejecutivo socialista de Emiliano García-Page en Castilla-La Mancha— que plantea el debate sobre la malversación. Sin embargo, según las fuentes consultadas, lo hace de forma superficial, por lo que advierten que esta sentencia no tendrá un impacto directo en la situación de los líderes del 'procés'.

El recurso de las Cortes de Aragón

En el recurso presentado por las Cortes de Aragón, al que ha tenido acceso Europa Press, se argumenta que el hecho de que la ley excluya de su ámbito de aplicación los hechos que afecten a los intereses financieros de la UE "se compadece mal" con "la inclusión en el artículo 1 como amnistiables de determinados delitos de malversación en los que 'no haya existido propósito de enriquecimiento'".

El texto detalla que esto es problemático "dado que es ajeno al concepto de malversación que haya habido o no un propósito de enriquecimiento, lo que implicaría una quiebra del principio de legalidad en materia penal (artículo 25 de la Constitución), representado en nuestro caso por el Código Penal".

La magistrada progresista Laura Díez, ponente de este recurso, elaboró inicialmente un borrador que avalaba la amnistía de la malversación cometida con fines independentistas. Sin embargo, este texto no obtuvo el apoyo mayoritario de sus compañeros, ya que algunos consideraban que suponía anticipar el fallo de los amparos. Por ello, la magistrada lo modificó, eliminando los párrafos que contenían una interpretación del delito. Según las fuentes consultadas, ahora "lo deja en el hueso sin carne".

El caso de los desórdenes públicos en Girona

En este Pleno, el TC también abordará un tercer asunto relacionado con la ley de amnistía: la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo en un caso de dos personas condenadas por desórdenes públicos tras la sentencia que condenó a los líderes del 'procés'. Estos hechos ocurrieron en Girona como reacción a dicho fallo judicial.

Los magistrados del TS explicaron que acudían al Constitucional porque tenían la "absoluta convicción" de que la ley de amnistía vulnera "al menos" el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

El propio presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, anticipó en un encuentro informativo celebrado el lunes 30 de septiembre de 2025 que la sentencia aplicaría la doctrina fijada en junio de 2024. No obstante, apostilló que en algunos puntos se daría la razón al Tribunal Supremo. La ponencia de esta sentencia corresponde al magistrado conservador Ricardo Enríquez.

El calendario de resoluciones sobre la amnistía

Respecto a cuándo dictará el Constitucional su última sentencia sobre la amnistía, Conde-Pumpido evitó dar plazos concretos, aunque aseguró que serían "varios meses" y manifestó su deseo de concluir "antes del verano" de 2026, lo que daría un horizonte temporal para la resolución definitiva de todos los recursos pendientes.

Estas resoluciones son especialmente relevantes para el panorama político catalán, ya que definirán la situación judicial de los principales líderes independentistas implicados en el 'procés', determinando si pueden o no optar a cargos públicos en el futuro inmediato.

¿Qué es la Ley de Amnistía?

La Ley de Amnistía, aprobada en 2024, fue una iniciativa legislativa impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez como parte de los acuerdos para su investidura. Esta norma busca perdonar determinados delitos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán entre 2012 y 2023, incluyendo la desobediencia, la malversación sin enriquecimiento personal y los desórdenes públicos.

La ley ha generado una intensa controversia jurídica y política, con numerosos recursos presentados por diversas instituciones y partidos políticos. El Tribunal Constitucional ya avaló en junio de 2024 la constitucionalidad general de la norma, pero quedaron pendientes aspectos específicos como la aplicación a casos concretos de malversación vinculados al 'procés', que son precisamente los que ahora comenzará a abordar.

¿Cómo afecta la malversación a la aplicación de la amnistía?

La interpretación sobre si el delito de malversación está incluido en la Ley de Amnistía constituye uno de los puntos más controvertidos de su aplicación. El Tribunal Supremo ha considerado que la malversación del 'procés' no es amnistiable por dos motivos principales: porque entiende que existió un beneficio patrimonial (aunque no fuera para enriquecimiento personal) y porque afecta a los intereses financieros de la Unión Europea.

Los líderes independentistas, por su parte, argumentan que la malversación que se les imputa no buscaba el enriquecimiento personal y, por tanto, debería estar incluida en los supuestos amnistiables. La resolución del Constitucional sobre este punto resultará determinante para el futuro político y judicial de figuras clave del independentismo catalán como Carles Puigdemont y Oriol Junqueras.

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