Delito de odio

Piden dos años de cárcel por instar desde Facebook a "dar un tiro en la cabeza" a votantes de Vox y PP

  • Publicaba amenazas contra Isabel Díaz Ayuso, Pablo Casado, José Espinosa de los Monteros o José María Aznar

Dos hombres consultando sus teléfonos móviles.

Dos hombres consultando sus teléfonos móviles. / Alberto Domínguez

Que la crispación forma parte del debate político es algo patente, que la radicalización de las posturas está amparada en demasiadas ocasiones por el anonimato que ofrecen las redes sociales. Reúnen las condiciones ideales para la elaboración de un discurso del odio

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla tiene previsto celebrar el jueves 13 de mayo un juicio en el que se le imputa a Miguel Ángel M. A.,  cuyo perfil de Facebook es miguelmuñoz (porelculoteden), un delito de provocación al odio y la discriminación por varias publicaciones en esta red social donde "manifiesta de forma inequívoca su desprecio y animadversión" hacia las personas con ideología de derechas, concretamente contra los votantes de Vox y PP. La fiscalía solicita tres años de prisión y 1.200 euros de multa. 

El Código Penal español en su artículo 510 tipifica como delito fomentar, promover o incitar directa o indi- rectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra una persona o un grupo por motivos referentes a su origen, fenotipo, religión, etnia, ideología, orientación o identidad sexual,género, enfermedad o discapacidad. Asimismo, incluye la producción, elaboración, posesión para la distribución y distribución (por cualquier canal, incluso internet) de todo tipo de material idóneo a fomentar, promover o incitar al odio, la discriminación y a la violencia por los anteriores motivos. También las acciones que suponen humillación, menosprecio o descrédito de una o más personas por los motivos mencionados, así como la producción, posesión para la distribución y difusión de todo tipo de contenido que lesione ladignidad de estas personas.

Estas conductas recibirán condenas más severas si se cometen a través de medios tales como webs, blogs y redes sociales, debido a su mayor impacto y, consecuentemente, a su mayor peligrosidad social. De hecho, el artículo 510 del Código Penal establece que las penas previstas se impongan en su mitad superior cuando los hechos se lleven a cabo a través de internet o mediante el uso de tecnologías de la información. Sin embargo, su aplicación se está encontrando con multitud de dificultades desde la localización e identificación de los autores hasta la destrucción o retirada de contenidos que recoge el Código Penal y que exigen la cooperación de las compañías donde se alojan dichos contenidos.

En las diferentes publicaciones de Facebook hechas por el acusado entre el 30 de marzo y el 24 de mayo de 2020 recogidas en el escrito de la fiscalía hay expresiones como "que no le de corte al gobierno formar un grupo paramilitar y que se cargue uno a uno con un tiro en la cabeza a toda esa gente del PP y Vox". En otra de ellas atacaba a Isabel Díaz Ayuso afirmando que "realmente" le gustaría "que alguien le pegara un tiro" o a José María Aznar: "tiro en la cabeza o bomba bien puesta y no como te la pusieron". Tampoco se libraron Pablo Casado ni José Espinosa de los Monteros, a quien deseó: "que vuelva ETA y le peguen un tiro en la cabeza". 

El perfil de Facebook era público y tenía 277 seguidores directos y 958 amigos. Según la fiscalía, "el acusado  pretendía fomentar el odio y la hostilidad de quienes le leyeran" contra cualquiera "que identificara, a su juicio, como de ideología de derechas instando al ejercicio de la violencia contra ellos".

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