Camas

El TSJA confirma los seis años de cárcel al hombre que incendió un piso en Camas para "vengarse" de los vecinos

  • El hombre prendió fuego a su domicilio y se acercó a la comisaría del municipio donde gritó en la puerta que estaba "hasta los cojones de los vecinos"  

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El TSJA ha avalado la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenaba a seis años a un hombre que en mayo de 2018 incendió el piso en el que vivía en Camas "en venganza" contra sus vecinos. Además se le prohibió acercarse a menos de 300 metros del inmueble durante diez años por un delito de incendio y el pago de una multa de 2.520 euros por un delito de quebrantamiento de medida cautelar, ya que incumplió la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del bloque de viviendas que le fue impuesta tras el incendio, según la sentencia facilitada por la Oficina de Comunicación del TSJA.

Ante esta sentencia, la defensa del acusado interpuso un recurso de apelación alegando "nulidad de las diligencias previas averiguatorias" por vulneración en ellas de la presunción de inocencia y del derecho a un juez imparcial. La sala de Apelación del TSJA lo ha desestimado.

La sala muestra "cierta estupefacción" al aducir el defensor que el Juzgado de Instrucción,"vulneró la presunción de inocencia y el deber de imparcialidad, al realizar a los testigos preguntas con sesgos inquisitivos […] suplantando a la acusación. Sobran las razones para rechazar tan peregrina pretensión de nulidad", afirma. Una de ellas es la extemporalidad de la alegación, que tenía que haber sido realizada en ese momento. Respecto a la imparcialidad, el TSJA añade que la mejor prueba de que la magistrada instructora "no se dejó arrastrar por prejuicio alguno en contra del investigado es que acordó directamente su libertad provisional cuando le fue presentado detenido".

Además, la Sección de Apelación Penal destaca en su sentencia que el acusado "tenía el móvil, los medios y la oportunidad para prender el incendio y no existe ninguna hipótesis alternativa a su autoría que pueda explicar el suceso con un mínimo de racionalidad y verosimilitud", por lo que confirma la condena de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla y desestima el recurso de la defensa. 

Incendio por venganza

La Audiencia de Sevilla consideró probado que el 18 de mayo de 2018, el encausado tenía su domicilio en este bloque de viviendas, domicilio que "venía ocupando por haber convivido tiempo atrás con el arrendatario", añadiendo que las relaciones que mantenía con sus vecinos "eran malas" y, en ocasiones, ello dio lugar a la intervención de la Policía, incluso con denuncias de los vecinos días antes de los hechos. Una situación que quedó comprobada cuando días antes del 18 de mayo, una trabajadora de un salón de juegos cercano al edificio le oyó decir que iba "a meter fuego al bloque".

Admitió estar harto de los vecinos

La sentencia precisa que , poco antes de las 00:30, y "en venganza" contra sus vecinos por las "malas relaciones mantenidas" con ellos, el acusado prendió fuego en un montón de desechos y basuras existentes junto a la parte baja de la puerta de salida al patio interior, así como en la encimera de la cocina de su vivienda. Una vez comenzado el fuego, abandonó el edificio y se marchó en dirección a Sevilla, diciéndole a un agente que se encontraba en la puerta de la Comisaría del Cuerpo de Nacional de la localidad "me voy al Cerro del Águila, estoy hasta los cojones de los vecinos".

Cuando los vecinos se dieron cuenta de que subía humo por el hueco del patio interior y del resplandor de las llamas, avisaron a la Policía, personándose en el lugar una dotación de la Policía Nacional y otra de la Policía Local, las cuales intentaron apagar el incendio con un extintor manual aunque sin lograrlo, todo ello al tiempo que desalojaban rápidamente a los vecinos del inmueble, algunos de los cuales se encontraban durmiendo. Esa noche había en el edificio 11 vecinos. Finalmente, una dotación de Bomberos del Aljarafe extinguió el fuego y desalojó el humo existente en el hueco de las escaleras y el patio interior

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