La Rinconada

Dos años de cárcel y casi un millón y medio de multa por trasvasar a los trabajadores

  • Tendrán que pagar 703.412,29 euros a la Tesorería General de la Seguridad Social

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El trasvase de trabajadores entre diferentes empresas es un fraude a la Seguridad Social y conlleva multas de importante cuantía como la de 1.050.000 euros que ha impuesto la sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla a dos personas acusadas de fraude. Uno de ellos era administrador de dos empresas de restauración y el otro acusado, tenía otra sociedad del mismo sector y "puestos  de común acuerdo" entre los años 2014 y 2017, defraudaron a la Seguridad Social cuotas derivadas de lo seguros sociales por importe de 703.412,29 euros. 

El tribunal les ha condenado a dos años de cárcel y una multa de 1.050.000 euros, con una responsabilidad personal subsidaria de 4 meses y la pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales de la Seguridad Social durante cuatro años. Del mismo modo, las sociedades de ambos han sido condenadas a una multa de 360.000 euros y cuatro sin beneficios fiscales de la Seguridad Social. Además, tendrán que pagar 703.412,29 euros a la Tesorería General de la Seguridad Social. 

Según la Fiscalía, los acusados Manuel F. M. y Antonio S. N. utilizaron el grupo de empresas formado por sus tres sociedades mercantiles cuya gestión tenían ambos para, "mediante artificios", obstaculizar el cobro de las cuotas de la Seguridad Social. De hecho, durante 2014 y 2017 realizaron trasvase de trabajadores entre las tres empresas, "pese a que éstos desarrollaban su actividad en el mismo inmueble", existiendo además una caja única para los ingresos de las empresas, que también compartían proveedores. 

La sentencia, que fue dictada en el acto del juicio, ha sido fruto de una conformidad entre las partes y no podrá ser recurrida. El tribunal ha acordado la suspensión de la pena durante tres años condicionada al abono de la máxima cantidad mensual que puedan asumir los acusados para hacer frente a las multas. 

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