Condenado por un atraco cometido junto a su pareja pese a tener una orden de alejamiento de ella
La Audiencia de Sevilla confirma la sentencia por robo con violencia e intimidación contra un hombre al que asaltaron tras sacar dinero de un cajero
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 contra una mujer y un hombre por un delito de robo con violencia e intimidación. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 24 de mayo de 2024 en Los Palacios y Villafranca, cuando los acusados asaltaron a un hombre de 68 años que regresaba de sacar 600 euros de un cajero automático.
Según los hechos probados, la pareja abordó a la víctima en la calle Menéndez Pelayo, propinándole un fuerte empujón por la espalda que le hizo caer al suelo. Cuando el hombre pidió auxilio, el acusado, "instigado por la acusada", le golpeó en la cara y le esgrimió una navaja, produciéndose un forcejeo durante el cual lograron arrebatarle la cartera con el dinero sustraído. Posteriormente, huyeron del lugar con los 600 euros en efectivo.
La sentencia recoge además que, en el momento de los hechos, sobre el varón pesaba una orden de alejamiento respecto a la mujer, fruto de una condena previa por un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género. Pese a la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de ella, cometió el robo en su compañía, "con absoluto desprecio por la citada resolución judicial".
En primera instancia, el Juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla condenó a la mujer a 5 años de prisión por el delito de robo con violencia e intimidación, con la agravante de reincidencia, así como a una multa por un delito leve de lesiones. Por su parte, el varón fue sentenciado a 4 años y medio de cárcel por el robo, una multa por lesiones leves y 9 meses adicionales de prisión por quebrantamiento de condena. Conjuntamente, deberán indemnizar a la víctima con 600 euros por el dinero sustraído y 120 euros por las lesiones causadas.
Los acusados recurrieron la sentencia ante la Audiencia Provincial de Sevilla, pero la Sección Primera ha desestimado sus recursos de apelación. El tribunal ha valorado positivamente la declaración de la víctima, quien afirmó conocer perfectamente a sus atacantes, a los que pudo ver "con claridad" y "a cara descubierta". Además, no consta que el denunciante mantenga animadversión previa hacia los acusados ni motivos para acusarlos faltando a la verdad.
Este caso pone de manifiesto la especial gravedad de los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género. No sólo se ha producido un robo con violencia, sino que el varón ha incurrido además en un delito de quebrantamiento de condena al incumplir la orden de alejamiento que pesaba sobre él respecto a su pareja. Esta circunstancia agrava notablemente los hechos y justifica el incremento de la pena impuesta.
Casos como éste evidencian la necesidad de seguir luchando contra la violencia machista y de proteger a las víctimas. Es fundamental que las mujeres que sufren malos tratos denuncien a sus agresores y que la justicia actúe con contundencia para castigar estos delitos y evitar su reiteración. Sólo así podremos avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria, libre de violencia contra las mujeres.
Preguntas frecuentes sobre violencia de género y órdenes de alejamiento
- ¿Qué es una orden de alejamiento? Es una medida cautelar que impone un juez para proteger a la víctima, prohibiendo al agresor acercarse a ella o comunicarse por cualquier medio.
- ¿Qué pasa si se incumple una orden de alejamiento? El incumplimiento constituye un delito de quebrantamiento de condena, castigado con penas de prisión de hasta un año.
- ¿Cómo se denuncia la violencia de género? Las víctimas pueden acudir a la Policía, al juzgado o a los servicios sociales para interponer una denuncia. También existen teléfonos de asistencia gratuita, como el 016.
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