Condenado por pegar fuego al bloque de Camas donde vivía la pareja de su exnovia con gasolina y bombonas de butano

El pirómano, para quien la Fiscalía inicialmente pedía doce años de cárcel, acepta una pena de cinco años tras el acuerdo alcanzado entre su abogado y las acusaciones

La Policía llegó a investigar los hechos como tentativa de homicidio en el ámbito de la violencia de género, pero la conformidad reduce el caso a un delito de incendio "de menor entidad"

Detenido un hombre que intentó quemar a su expareja en Camas

Los hechos ocurrieron en esta calle peatonal de Camas en la madrugada del 18 de mayo de 2023.
Los hechos ocurrieron en esta calle peatonal de Camas en la madrugada del 18 de mayo de 2023. / M.G.

La Audiencia de Sevilla condenó ayer a cinco años de cárcel a un hombre que provocó una deflagración de gas en el bloque de Camas donde vivía la pareja de su exnovia y que, por suerte para todos, provocó importantes daños materiales pero ninguno personal. Antonio M.R. utilizó gasolina y bombonas de butano que colocó estratégicamente en el bajo y en la tercera planta, justo donde residía su objetivo. Sin embargo, pese a que la Policía llegó a atribuirle un delito de intento de homicidio en el ámbito de la violencia de género, al final ‘sólo’ fue juzgado por un delito de incendio. Eso sí, el pirómano tendrá que indemnizar al otro varón con 10.000 euros como mínimo por el ataque de ansiedad y el estrés postraumático que sufrió como consecuencia de la explosión, que por supuesto afectó a varios pisos del edificio.

Los hechos, que fueron reconocidos por el encausado ante la Sección Séptima, ocurrieron sobre las cinco de la madrugada del 18 de mayo de 2023. Antonio M.R. se dirigió al número 4 de la calle Valldemosa “con ánimo de atentar contra el patrimonio ajeno, a sabiendas de que se trataba de un inmueble habitado y del riesgo que su acción generaba para la integridad física de sus habitantes”. Así lo explicaba la Fiscalía en su escrito de acusación, que ayer fue elevado a definitivo y aceptado por el procesado.

Para conseguir su propósito, el hombre colocó “material inflamable consistente en una bombona de gas butano y gasolina” tanto en la planta baja como en el rellano de la tercera planta. Acto seguido les aplicó “la llama de un mechero”. El resultado inmediato fue “una deflagración de gas que ocasionó un incendio” que afortunadamente fue sofocado por los bomberos antes de que el mal fuese mayor. Ahora bien, la deflagración y el fuego sí provocaron “el menoscabo de las zonas comunes y viviendas particulares”, en concreto ocho de ellas.

La Policía tardó un par de semanas en dar con el autor de semejante desbarajuste. Como los bomberos encontraron en el lugar del siniestro unos botines que podían ser del responsable, los investigadores sospecharon que el sujeto se tenía que haber quemado en el transcurso de su acción delictiva, así que rastrearon los hospitales en busca de algún paciente con quemaduras. Y de ese modo descubrieron al culpable, después de que el centro donde había estado ingresado les informase del caso de un varón con heridas graves en las piernas. De hecho, fue localizado en su domicilio porque había pedido el alta voluntaria sin estar curado para evitar su arresto.

Durante la investigación, la acusación particular ejercida por el novio de su expareja llegó a achacarle una tentativa de asesinato. La Fiscalía le atribuyó un delito de incendio que generó riesgo para la integridad física de las personas. Tras las correspondientes negociaciones entre las partes, esa fue la infracción por la que se celebró el juicio, obviamente resuelto con un acuerdo de conformidad entre casi todos (un par de aseguradoras no se presentaron).

En virtud de ese pacto, el fiscal añadió a su escrito que Antonio M.R. es “consumidor habitual de drogas”, para así aplicarle la atenuante de drogadicción, y señaló la “menor entidad” del incendio, así que encuadró el delito en el último párrafo del artículo 351, que estipula que los hechos se castigarán como simples daños “cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas”. Total, que los doce años de cárcel se convirtieron en cinco.

Tras recabar el visto bueno de todas las partes y del acusado, el tribunal dictó sentencia firme en la misma sala y condenó a Antonio M.R. a cinco años de prisión por el susodicho delito de incendio. También le prohibió acercarse a menos de 200 metros de su principal víctima y comunicarse con él durante cinco años, aunque sólo le quedan tres por cumplir porque un juzgado ya le impuso esa medida cautelar en diciembre de 2023. Al novio de su ex, además, deberá abonarle 10.000 euros por daño moral más otra cantidad por los daños en su vivienda.

No será la única responsabilidad civil que tendrá que pagar. Antonio M.R. también aceptó indemnizar a otros seis vecinos con cantidades que oscilan entre 344 y 2.992 euros, a lo que hay que sumar 13.272 euros para la comunidad del edificio.

stats