Condenado a cinco años de cárcel por intentar matar dos veces a un vecino en La Bachillera, primero a disparos y luego con una katana

La Audiencia de Sevilla, tras un acuerdo entre las partes, castiga a Juan José G.P. por dos tentativas de homicidio y una tenencia ilícita de armas: la petición inicial de la Fiscalía era de 18 años de prisión

Absuelto de violación en Sevilla gracias a que había saliva de la supuesta víctima en el envoltorio del preservativo

En esta calle de La Bachillera, entre el Alamillo y San Jerónimo, se produjo uno de los intentos de homicidio.
En esta calle de La Bachillera, entre el Alamillo y San Jerónimo, se produjo uno de los intentos de homicidio. / M.G.

La Audiencia de Sevilla, con la conformidad del acusado, ha impuesto este martes cinco años de cárcel a un hombre que intentó matar a su vecino tras un tiempo de mala relación entre ellos. El problema para él, además de tratar de acabar con la vida de otra persona y ser descubierto, es que no lo intentó una vez sino que fueron dos. Y la ventaja para él, al mismo tiempo, es que la Fiscalía y la propia víctima aceptaron negociar una rebaja de la pena que solicitaban, de hasta 18 años de prisión en el caso del Ministerio Público, y han acabado aceptando que la condena sea sólo de cinco años. Y está por ver si la cumplirá, ya que su defensa ha pedido que se suspenda su ejecución y el tribunal tomará una decisión cuando un forense dictamine si el varón es adicto a la cocaína y se está desintoxicando, como ha alegado su abogada.

Los hechos ocurrieron en 2023 en La Bachillera, entre el Alamillo y San Jerónimo. El primer episodio fue el 24 de junio. "Movido hacia la evidente animadversión que sentía hacia la víctima y con el claro propósito de poner fin a su vida", Juan José G.P. "cogió un arma de fuego tipo escopeta o similar con munición semimetálica de caza" y se dirigió al domicilio del vecino. "Sabedor de que se encontraba en su interior, efectuó dos disparos hacia la vivienda", según explicaba la Fiscalía en su escrito de acusación. Ese relato ha sido aceptado tal cual por el encausado durante el juicio celebrado en la Sección Primera de la Audiencia. Eso sí, ninguno de los disparos dio en el objetivo del homicida. Uno impactó en la fachada exterior del inmueble y otro sí "atravesó" la puerta, pero la carga del cartucho se quedó en la pared del cuarto de baño.

El segundo intento se produjo en la noche del 9 de julio. Juan José fue esta vez acompañado de su amigo Daniel N.V., que se plantó ante el tribunal acusado como cooperador necesario de una tentativa de homicidio y ha salido condenado como cómplice a sólo un año entre rejas. Él sí que no entrará en la cárcel. La Sala, tras la petición de su letrado y el visto bueno de las acusaciones, ha acordado suspender la ejecución de esa pena a cambio de que no cometa ningún delito en tres años. La explicación es que no tenía ningún antecedente penal, a lo que se suma que antes del juicio transfirió 2.000 euros para indemnizar a la víctima, lo que por otra parte le ha valido para ganarse la atenuante de reparación parcial del daño.

El caso es que aquella noche, los dos procesados abordaron al vecino en plena calle y, "sin mediar palabra", Juan José empezó a "lanzarle repetidos golpes con un arma blanca de grandes dimensiones, tipo katana". El otro varón, sin embargo, se defendió con los brazos y las manos y así evitó que el suceso tornase en tragedia. Lo cual no significa que saliese indemne: sufrió una herida incisa sangrante en el antebrazo izquierdo y otra en la "región frontal".

El 20 de diciembre, la Policía registró el domicilio de Juan José G.P. y el de su madre. En el primero encontró una "escopeta sin marca con diversas modificaciones sustanciales" en el cañón, considerada una "arma modificada prohibida", y en el segundo, otra escopeta marca GSM para la que el acusado no tenía licencia.

Por estos hechos, el principal acusado ha aceptado una condena de dos años de cárcel por cada uno de los dos delitos de tentativa de homicidio que se le imputaban, así como otro año más por tenencia ilícita de armas. También deberá indemnizar al perjudicado cn 8.750 por las lesiones y las secuelas y no podrá acercarse a menos de 300 metros ni comunicarse con él durante seis años. La Sección Primera ha anticipado el fallo en la misma sala y ha decretado la firmeza de la sentencia allí mismo.

El acuerdo poco tiene que ver con lo que la Fiscalía pedía inicialmente: ocho años por cada homicidio intentado y dos años por la propiedad de armas prohibidas. A Juan José G.P. se le ha aplicado la atenuante muy cualificada de drogadicción porque "en la época de los hechos era adicto a la cocaína", lo que "modificaba su entendimiento y su voluntad", según ha reconocido el fiscal.

Por esa misma razón ha pedido la suspensión su letrada. "Es drogadicto de larga duración y está siendo atendido en un centro homologado. Entrar en prisión cortaría su proceso de rehabilitación", ha argumentado. "Además, lleva casi un año en libertad provisional y no ha tenido ningún problema ni con la Justicia ni con la familia de este hombre", ha añadido. De todas formas, el tribunal ha pospuesto su decisión porque la Fiscalía, al entender que no disponía de suficiente información para aceptar esa suspensión, ha reclamado que al acusado se le realice un reconocimiento forense. La acusación particular se ha pronunciado en el mismo sentido.

stats