El joven que mató a Reda en Santa Clara es condenado a la pena mínima por asesinato: quince años de cárcel
La Audiencia de Sevilla no se ceba con Manuel F.M. y tiene en cuenta su juventud en el momento del crimen, ya que tenía "dieciocho años y tres meses"
Tensión máxima en la Audiencia de Sevilla y giro radical del jurado popular al crimen de Santa Clara: Manuel fue el asesino y Sergio sale en libertad
La Audiencia de Sevilla ha condenado a quince años de cárcel a Manuel F.M., el joven que asesinó a Reda El Archaad en marzo de 2024 en el barrio de Santa Clara cuando volvían de las discotecas del Polígono Calonge. La magistrada-presidenta del tribunal lo decide así tras el veredicto de culpabilidad que la semana pasada emitió un jurado popular, que propinó un giro radical al caso al absolver del crimen a Sergio F.A., el encausado que estaba señalado como el autor material del apuñalamiento. En la sentencia, fechada el 9 de febrero y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena a este segundo joven por encubrimiento. El homicida, por su parte, deberá indemnizar con 188.000 euros a la madre de la víctima.
La Audiencia opta por la pena mínima prevista para el delito de asesinato “teniendo en cuenta que no se ha apreciado la concurrencia de circunstancias agravantes y que ya se ha tenido en cuenta la concurrencia de la alevosía precisamente para cualificar el homicidio y apreciar un delito de asesinato, con un mayor marco punitivo”. También valora su juventud en el momento de cometer los hechos, ya que contaba entonces con "dieciocho años y tres meses de edad".
Además, conforme al veredicto, la Audiencia absuelve a Sergio F.A. de asesinato y lo condena a veintiún meses de cárcel como autor de un delito de encubrimiento, en ambos casos con la atenuante de confesión tardía. Así lo ha informado la oficina de comunicación del TSJA.
El jurado, por mayoría de siete votos sobre nueve, estableció que Manuel "fue el autor de todas las puñaladas" y que "mató intencionadamente" a Reda en la mañana de aquel 3 de marzo de 2024. Por unanimidad, además, consideró que existió alevosía y que acabó con la vida de la víctima "sin darle opciones a defenderse", además "aprovechando que [Reda] había bebido gran cantidad de alcohol".
En cuanto al papel de Sergio en la pelea, el jurado por mayoría de ocho votos indicó que sólo le dio "un puñetazo en el pecho" a Reda y que, "al observar que Manuel lo había apuñalado, huyó del lugar y no contó a la Policía ni que Manuel lo había apuñalado ni qué había pasado con la navaja". Y por unanimidad acordó que "en el juicio ha relatado lo que ocurrió, así como ha contado los hechos realizados por Manuel", lo que "ha contribuido a aclarar lo ocurrido". Ese matiz conduce a la atenuante de confesión tardía.
Por el contrario, los jurados consideraron no probado por unanimidad que Sergio "se abalanzó sobre Reda y le asestó una puñalada en el vientre" con intención de matarlo. Eso le valió para ser absuelto de tentativa de asesinato o de homicidio.
En conclusión, el jurado decidió por mayoría de siete votos que Manuel es "culpable de matar a Reda" y, por ocho votos, que lo hizo con alevosía al apuñalarlo además por la espalda, ya que de los seis navajazos que recibió el joven, el único letal fue el que le seccionó la aorta. Sergio, por su parte, fue declarado culpable de "golpear" a la víctima en el pecho y de "ayudar a que no se descubriera al autor", en ambos casos con una mayoría de ocho votos.
¿Y por qué dio el jurado este vuelco al caso? Hubo tres pruebas clave: las imágenes de la cámara de seguridad de una residencia de mayores próxima al lugar de la pelea, en la avenida Villas de Cuba, que atestiguan que en un momento dado "Manuel acomete a Reda"; el testimonio de una joven que acompañaba al grupo de la víctima, quien señaló que quien más cerca estaba de la víctima cuando se desplomó era "el más bajito" y después identificó a Manuel en la sala; y la pericia de los forenses de la autopsia, que confirmaron que la puñalada mortal debió de ser "de las últimas", lo que cuadra con la escena descrita por la anterior testigo.
El jurado sumó otras circunstancias a ese trío de factores fundamentales. Por ejemplo, que como señaló la misma testigo, Manuel le dijo a Sergio "vámonos" en plena refriega, lo que le suscitó al jurado "el convencimiento de que el único que sabía del apuñalamiento era Manuel". Y en segundo lugar, que "no se ha probado por ningún medio que Sergio portase el arma" en algún momento de la trifulca.
“Clara intención de matar”
La Audiencia considera que Manuel F.M. es autor de un delito de asesinato al haber causado la muerte dolosamente y de forma alevosa. En este sentido, argumenta que este condenado “tuvo intención de matar”, lo que resulta de “las características del arma empleada en la agresión, un arma blanca de filo monocortante, según resulta del informe de los médicos forenses que practicaron la autopsia (el arma no pudo ser hallada pese a las gestiones realizadas por los agentes), instrumento punzante y apto para producir la herida de carácter mortal que efectivamente produjo”, y, en segundo lugar, “del carácter de las zonas vitales del cuerpo a que se dirigió el ataque (...), por lo que el acusado, cuando acometió a la víctima en esas zonas con el arma blanca, sabía que podía matarle, procediendo a continuación el autor a huir corriendo, denotando en definitiva tal conducta una clara intención de matar”.
Respecto a la alevosía, el agredido “al menos en la fase final del incidente no tuvo opciones reales de defenderse", así que el autor "se aprovechó deliberadamente de la indefensión de la víctima, que se hallaba, además de desarmado, bajo los efectos del alcohol que había ingerido abundantemente durante esa noche (...), lo que disminuía su capacidad de reacción y reflejos". Tampoco hay que olvidar que el homicida "asestó las tres últimas puñaladas, entre ellas la mortal, por la espalda”.
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