La Justicia perdona 42.000 euros a un sevillano por la ley de la segunda oportunidad
Una prolongada situación de inestabilidad laboral le obligó a pedir créditos que no pudo pagar
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Un juez de Sevilla ha perdonado 42.000 euros de deuda a un sevillano que se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad. Así lo informó este lunes la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha conseguido la exoneración de todas las deudas acumuladas por este vecino. Además, le permiten mantener la vivienda en propiedad asumiendo un pago de 64 euros al mes durante cinco años. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de la capital andaluza notificó a los letrados de la entidad esta resolución el pasado mes de diciembre.
Según la nota de la asociación, la situación de insolvencia del deudor fue el resultado de una prolongada inestabilidad laboral que ha marcado su trayectoria profesional desde que comenzó a trabajar en 2001. A lo largo de los años, no había podido conseguir un empleo estable que le permitiese desarrollarse profesionalmente, a pesar de sus esfuerzos y de haber intentado ingresar en diversos trabajos.
Esta falta de estabilidad en el empleo, sumada a otros factores personales y económicos, obligó al deudor a recurrir en varias ocasiones a préstamos para cubrir los gastos básicos de su supervivencia. Sin embargo, la imposibilidad de asegurar una fuente de ingresos constante dificultó aún más el pago de estas deudas, llevándolo a una situación de insolvencia financiera.
Las constantes llamadas de los acreedores y la amenaza de embargo sobre su vivienda se sumaron al estrés financiero, hasta que decidió buscar ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, una entidad especializada en la Ley de la Segunda Oportunidad.
Los abogados de la asociación analizaron el caso y comprobaron que el afectado cumplía con los requisitos legales para acogerse a esta ley. Uno de los principales temores del deudor era perder su vivienda. Sin embargo, como explica Pepe Domínguez, abogado de la Asociación, "logramos evitar la liquidación de su casa porque el cliente podía comprometerse a un plan de pagos asumible, y el valor de la vivienda apenas superaba la hipoteca existente".
Durante el proceso judicial, que comenzó con la presentación de la demanda de concurso, se acordó un plan en el que el deudor abonará 64 euros al mes durante los próximos 5 años para mantener su vivienda. Este compromiso permitió proteger su hogar mientras el juez estudiaba los requisitos para conceder la exoneración total de la deuda restante.
Finalmente, el juzgado dictó sentencia el 16 de enero de 2025, concediendo la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que permite al deudor quedar libre de los 42.800 euros acumulados. Los acreedores no podrán reclamar ninguna cantidad adicional ni incluir al ex deudor en registros de morosidad.
La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo que permite a las personas físicas liberarse de sus deudas bajo ciertas condiciones: estar en situación de insolvencia; no haber sido beneficiado por este procedimiento en los últimos cinco años y carecer de antecedentes penales relacionados con delitos de orden socioeconómico. En este caso, el deudor cumplía todos los requisitos, lo que permitió que el juzgado aprobara la exoneración de las deudas, salvaguardando al mismo tiempo su vivienda mediante un plan de pagos accesible.
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