La maldición del tinte: un ladrón que pegó a unos jóvenes en la Cartuja es identificado y condenado porque se tiñó el pelo de rojo
El TSJA ratifica la pena de un año de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso al acusado por provocar una pelea y herir a tres varones en el Camino de los Descubrimientos
"Era el del pelo rojo", coincidieron los dos testigos principales del caso
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de un año de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un ladrón con varios antecedentes por atacar y agredir a un grupo de jóvenes durante una pelea provocada por él mismo en el Camino de los Descubrimientos, en la Cartuja. La curiosidad del caso es que al acusado lo delató su pelo. Como iba teñido de rojo, fue fácilmente identificable por parte de la principal víctima y de un testigo. Sus testimonios, de hecho, son la base de la condena.
La sentencia ahora ratificada fue dictada el 25 de octubre de 2024 por la Sección Cuarta de la Audiencia. El TSJA, en otra resolución fechada el 26 de noviembre, desestima el recurso de la defensa de Manuel G.F. contra esa primera sentencia, que lo absolvió de un delito de robo con violencia pero lo condenó por un delito de lesiones y otros dos de maltrato de obra. Por cada uno de estos últimos le cae una multa.
Los hechos ocurrieron sobre las 21.10 horas del 29 de abril de 2022. El acusado, condenado entonces en firme por cuatro robos, se encontraba en la calle Camino de los Descubrimientos en compañía de otros individuos. Todos "comenzaron a provocar a otro grupo de jóvenes" al que pertenecían las tres víctimas. "Les tiraron piedras y los increparon con el propósito de iniciar un enfrentamiento entre ambos grupos", explicaba la Audiencia.
"Como quiera que los perjudicados no atendían a sus provocaciones, el acusado Manuel y varios de los otros individuos que lo acompañaban acometieron contra ellos", proseguía la sentencia. A uno le dieron un empujón y lo tiraron al suelo, "donde continuaron dándole patadas". A otro lo golpearon en el pecho. Y al tercero, el que peor parado salió, le dieron "patadas y puñetazos".
Como consecuencia de este ataque, esa víctima sufrió un cefalohematoma, una herida en la ceja izquierda y "epistaxis autocontrolada y laterorrinia izquierda". Las lesiones requirieron de distintos tratamientos y la consecuencia es que Manuel G.F. deberá indemnizar a ese joven con 7.560 euros.
En su recurso de apelación contra la sentencia, la defensa del condenado alegó que no había ninguna prueba, "ni directa ni indiciaria", de que su cliente había protagonizado esos hechos. El TSJA, sin embargo, no opina lo mismo y apoya los argumentos de la Audiencia.
En su sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del TSJA, la Sala destaca los testimonios "acordes y coincidentes" de la víctima principal, que "resultó lesionado en varias zonas de su cabeza", y del testigo que intentó mediar en la pelea.
"Ante la ausencia de algún motivo de enemistad, malquerencia u otro de naturaleza espuria con relación a un individuo que hasta ese momento les era desconocido, y con abstracción de la provocación inicial orquestada por Manuel y sus acompañantes para propiciar una riña entre ambos grupos, no se atisba razón alguna para recelar de que los dos testigos integren una especie de contubernio encaminado a tergiversar los hechos en perjuicio de Manuel. Tampoco se observan en sus manifestaciones contradicciones relevantes que las enturbien", deja claro el TSJA para empezar.
A continuación, los magistrados tocan el asunto capilar. "La Audiencia analiza el contenido de las declaraciones emitidas por unos y otros y, así, otorga fuerza de convicción a las ya comentadas", que reconocieron a Manuel G.F. "como el individuo de pelo rojo más agresivo y el que más pegó".
El testigo presencial, por ejemplo, manifestó durante el reconocimiento fotográfico que "recordaba perfectamente al hoy apelante, tenía el pelo teñido de rojo, y lo observó golpeando de forma muy agresiva al chico al que le querían quitar la mochila". La víctima principal, por su parte, "afirmó que Manuel era de los que más pegó tanto a él como a sus amigos y creía que era el del pelo rojo y uno de los que detuvo la policía".
El TSJA va más allá y mezcla la testifical con la psique humana. Tras resaltar que ambos ratificaron la identificación en el juicio, la sentencia se remite a "la psicología del testimonio". "Siendo la capacidad para reconocer y describir a una persona una habilidad cognitiva muy compleja, en la que intervienen procesos perceptivos, atencionales, de memoria y de toma de decisión, ambos testigos sin titubeo de signo alguno reconocieron al acusado como autor de las lesiones y malos tratos reflejados en el epígrafe de hechos probados", explica.
En el mismo sentido, el TSJA recuerda que la Policía "detuvo al hoy apelante al ser identificado por el color de su cabello rojo", sin olvidar que la patrulla, cuando llegó al lugar, se encontró con que el resto de jóvenes se habían dado "a la fuga".
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