Casos para la historia

La importancia de un buen peritaje (incluso en el siglo XVIII)

  • El Maestro Mayor de Obras de la Real Audiencia hizo en 1788 un hermoso peritaje sobre un molino demandado

  • Informó “sin agravio de las partes”

Esquema de la "elevación vertical del molino y la azuda construida"

Esquema de la "elevación vertical del molino y la azuda construida" / Archivo Histórico Provincial

Tres molineros de Cantillana demandaron en 1788 a un cuarto por las obras de construcción de un azud (barrera) en la ribera del Viar, que según el pleito les perjudicaría en verano por encontrarse aguas abajo.

La Real Audiencia de Sevilla encargó un peritaje a Lucas Cintora, arquitecto y Maestro Mayor de Obras de la Real Audiencia para que informara “sin agravio de las partes”. Cintora dibujó un plano y explicó las razones por las que la obra no afectaría a la fuerza de las aguas de recogida en los dos molinos de abajo.

Ahora, el Archivo Histórico Provincial de Sevilla dedica su “Documento del mes” a ese peritaje, que expone en su sede de la calle Almirante Apodaca.

La Real Audiencia de Sevilla fue un tribunal colegiado que conocía en apelación asuntos civiles y criminales procedentes de juzgados inferiores. Su jurisdicción comprendía un territorio más amplio de lo que hoy es la provincia de Sevilla, extendiéndose a Cádiz, Córdoba y Huelva.

El pleito expuesto fue iniciado en 1788 por Bartolomé Rivas junto a otros propietarios de dos molinos harineros contra Manuel de Rivas López por la  reconstrucción de un molino que estaba llevando a cabo y que entendían que les iba a perjudicar en verano y en tiempos de “aguas cortas”.

Explica el Archivo Provincial que, a pesar de los apremios judiciales, el demandado no detuvo las obras e incumplió el pago de las multas impuestas, por lo que los demandantes elevaron la causa a la Real Audiencia.

Denunciaban la construcción de un azud (barrera hecha en los ríos para desviar parte del caudal para riego y otros usos). En el pleito se utilizan indistintamente los términos azuda, asuda y suda para referirse al ingenio. 

Cintora dibujó un plano y explicó las razones por las que la obra no afectaría a la fuerza de las aguas de recogida en los dos molinos de abajo.

La parte que había iniciado el procedimiento no quedó satisfecha y fue preciso recabar información en el archivo del Ayuntamiento de Cantillana, así como un interrogatorio a un grupo de litigantes, según los expertos del Archivo Histórico que han estudiado el pleito.

El peritaje sirvió para los argumentos de las dos partes 

Los demandantes argumentaban que el perito había hecho su valoración en noviembre y el demandado respondía que los molinos litigantes se arriaban con frecuencia, lo que obligaba a los vecinos de Cantillana a desplazarse a otros pueblos para su molienda, con riesgo de sus vidas.

Desde que estaba el nuevo molino no había faltado un lugar donde moler ni había subido el precio del pan en Cantillana, alegaban.

Como ocurre con muchos pleitos de la Real Audiencia, se desconoce a cuál de las dos partes fue favorable la sentencia. Ello se debe principalmente al grave incendio sufrido en 1918 que motivó diferentes cambios de sede, con dispersión y pérdida de documentos. Su fondo actual, en el que las causas civiles superan con creces a las criminales y gubernativas, es solo una parte mínima de lo que debió producir.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios