Sentencia al loco del chándal

Condenado el loco del chándal por amenazar de muerte al ex alcalde

  • La Audiencia confirma que Manuel González tendrá que pagar una multa de 2.550 euros por unos hechos que ocurrieron en 2017

El loco del chándal cuando fue detenido por la Guardia Civil, en julio de 2017.

El loco del chándal cuando fue detenido por la Guardia Civil, en julio de 2017.

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena de Manuel González González, el loco del chándal, a pagar una multa de 2.550 euros por haber amenazado al ex alcalde de Almadén de la Plata José Luis Vidal (PP), con quien tenía además prohibido por orden judicial comunicarse o acercarse a él.

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha confirmado ahora la condena por delitos de quebrantamiento de medida cautelar (15 meses de multa con una cuota de cinco euros) y delito leve de amenazas (dos meses de multa) que le impuso el juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla en abril de 2018. El loco del chándal está en prisión provisional desde julio de 2017 por haber prendido fuego a los domicilios de las hermanas del ex alcalde.

La sentencia ahora confirmada recoge en sus hechos probados que sobre las 18:15 horas del 14 de junio de 2017 –antes de que fuese detenido por los incendios de esos domicilios–, Manuel González se dirigió con su coche hasta la plaza donde reside el ex alcalde José Luis Vidal, que se hallaba asomado a una ventana. El loco del chándal se dirigió entonces al ex regidor diciéndole: “Te tengo que matar a ti y a tu familia”, al tiempo que le lanzó insultos e hizo signos intimidatorios con las manos, todo ello “con la intención de causarle temor” e incumpliendo asimismo la medida de protección judicial que había sido acordada en favor de la víctima.

Al loco del chándal se le intervino además una tabla y un bastón de madera, así como una navaja que portaba en el lateral de una puerta del vehículo que conducía. El acusado recurrió la sentencia, pero la Audiencia ha confirmado ahora íntegramente la condena, al estimar que el juez “valoró correctamente la prueba que plasmó en el relato de hechos”.

El acusado no sólo negó los hechos, sino incluso su presencia en el lugar de los hechos, pero el tribunal destaca las contradicciones de los testigos propuestos por el acusado, uno de los cuales, su hermano, mantuvo que se encontraba en Barcelona, mientras otro dijo que esos días estaba ayudándole en el campo, unas contradicciones que para el tribunal “restan toda credibilidad que pudieran tener las declaraciones de unos u otros”.

Excarcelado tras la derogación de la doctrina Parot

Manuel González González, que emigró a Cataluña con sólo cinco años, fue condenado en 1997 a 169 años de cárcel por agresiones con arma blanca a un total de 16 mujeres a las que también habría practicado tocamientos en sus genitales, ocasionando la muerte a una de ellas. Sin embargo fue excarcelado a finales de 2013 tras la derogación de la Doctrina Parot, a pesar de que los informes no acreditaban su rehabilitación.

Su regreso a la localidad de Almadén de la Plata estuvo marcado por una concentración ciudadana en repulsa a que viviese en esta población e incluso la convocatoria de la junta local de seguridad, dado que el Ayuntamiento solicitaba la reapertura de la casa cuartel de la Guardia Civil y financiación para crear un cuerpo de Policía Local.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios