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Vehículos de movilidad personal

A Contramano se opone a que ciertos patinetes eléctricos circulen por el carril bici

  • La asociación ciclista de Sevilla apoya que circulen por el carril bici los de potencia inferior a 250 w (como una bici) y sin sillín

  • Ve una irresponsabilidad que la DGT diga que no son vehículos a motor los ciclomotores de categoría L1e-B 

El colectivo ciclista A Contramano de Sevilla ha dejado claro que los vehículos eléctricos de movilidad personal con potencia inferior o igual a 250 W y velocidad limitada a 25 km/h (Art. 2.h del citado Reglamento UE 168/2013 ) se considerancomo bicicletas y pueden circular por las vías ciclistas y las calzadas en las mismas condiciones que las bicicletas ordinarias.

Y que los de más de 250 W o que puedan alcanzar velocidades superiores a 25 km/h, en vías urbanas deben circular por la calzada, como los ciclomotores, y en vías interurbanas solo se debe autorizar su circulación por las vías ciclistas cuando éstas estén diseñadas y señalizadas expresamente para ello, a velocidad en todo caso inferior a 25 km/h. En los demás casos circularán por la carretera. 

Otra cosa son los eléctricos con sillín y gran potencia que la legislación europea clasifica como ciclomotores (en la categoría L1e-B del Anexo 1 del Reglamento europeo). Sobre estos, A Contramano ha acusado a la Dirección General de Tráfico (DGT) y a algunos ayuntamientos de cometer “una grave irresponsabilidad” al permitir la circulación de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por aceras y carriles bici, todo ello después de que una mujer haya fallecido en Esplugues de Llobregat (Barcelona) supuestamente tras ser atropellada por un patinete eléctrico.

En un comunicado, el colectivo ha calificado de “grave irresponsabilidad” por parte de la DGT promulgar la Instrucción 16/V-124 (noviembre de 2016) sobre Vehículos de Movilidad Personal en la que se declaraba “la imposibilidad de catalogarlos como vehículos de motor (sic)”.

“Contraviniendo la vigente Ley de Tráfico y la legislación europea y eximiéndoles de someterse las preceptivas homologaciones por parte de Industria, ITVs y otros controles obligatorios para los vehículos de motor”, ha lamentado la entidad.

Además, agrega A Contramano que “está siendo una grave irresponsabilidad la actitud de algunos ayuntamientos como el de Barcelona” que siguiendo “la sugerencia de la DGT han regulado o están a punto de regular la circulación de estos vehículos, sin restricción alguna de potencia, por las vías ciclistas”. Según el colectivo, “tiene un efecto negativo sobre la seguridad de los ciclistas y, el estar muchas vías ciclistas al nivel del acerado, también de los peatones”.

Por último, ha asegurado que todo ello “se complica por el hecho de que esos mismos ayuntamientos, cediendo a las presiones de los lobbys del automóvil, las aseguradoras, los taxistas, entre otros, han prohibido su circulación por la calzada ordinaria”.

La Dirección General de Tráfico trabaja en un Real Decreto para impedir que los patinetes eléctricos circulen por la acera y para establecer una velocidad máxima para ellos de 25 kilómetros por hora. Fuentes de Tráfico han informado a Efe de los trabajos para aprobar una normativa básica estatal, que posteriormente podrán ampliar los ayuntamientos.

La idea de Tráfico es que los usuarios de estos patinetes no necesiten un permiso de conducción, al ser catalogados como vehículo de movilidad personal con propulsión eléctrica, pero sí que deban someterse a controles de alcoholemia y drogas, como los conductores.

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