Sevilla

Demanda de 36 millones por el convenio colectivo de la hostelería

  • El SAT lleva a los tribunales la renegociación del incremento salarial pactado para 2012.

El convenio colectivo del sector de la hostelería ha acabado en los tribunales. El Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) ha impugnado el actual convenio firmado por las principales centrales sindicales en mayo de 2013 y reclama la aplicación del IPC pactada en el anterior convenio, lo que tendría un impacto aproximado de 36 millones de euros en el sector en el caso de que el juez estimara esta demanda.

El convenio impugnado tiene una vigencia de dos años -entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014- y en el mismo se "renegociaron" los incrementos salariales pactados para el año 2012. En el anterior convenio -vigente en principio hasta el 31 de diciembre de 2012- se había pactado en su artículo 9.5 una subida salarial del IPC real correspondiente al último día de cada año, por lo que en 2012 dicho IPC se situaba en el 2,9%.

Para ese año, la patronal hostelera había acordado con los representantes sindicales un incremento pactado del 1,5%, por lo que, según la demanda, "en febrero de 2013 debieron regularizarse los salarios con incremento salarial del 1,4% (diferencia entre el IPC real y el incremento a cuenta)".

A pesar de que el ámbito temporal del nuevo convenio está limitado a dos años naturales (2013 y 2014) y es coherente con la sucesión de convenios, el artículo 9.2 del nuevo convenio "contraviene sorprendentemente esa norma indicando que se renegocian los incrementos salariales pactados para el año 2012", en el que se reduce el incremento salarial en un 1,4%, al pasar del IPC real al 1,5%. La demanda sostiene asimismo que se amplía en dos años y cuatro meses el plazo para el abono de tales cantidades hasta el 30 de junio de 2015, cuando estaba prevista su aplicación el 28 de febrero de 2013.

El abogado Luis Ocaña, que representa al SAT, explica en la demanda que se trata de una "renegociación post-tempus, fuera de plazo, restrictiva de derecho, sin apoyo jurídico alguno y sobre materia indisponible para quienes la han negociado". La demanda recuerda que según el Estatuto de los Trabajadores durante la vigencia de un convenio colectivo puede renegociarse su revisión, pero esta posibilidad no es válida si se efectúa fuera del ámbito de vigencia del convenio.

La reducción del incremento salarial se efectuó en este caso con fecha 9 de mayo de 2013 y desde el 1 de enero de este año ya estaba vigente el nuevo convenio, por lo que "resulta materialmente imposible negociar la revisión del convenio anterior, cuya vigencia expiró el 31 de diciembre de 2013". En esa fecha, prosigue el letrado, las partes "sólo podrían negociar la revisión del nuevo convenio, pero en ningún caso del convenio no vigente".

En caso contrario, se trataría de un "supuesto absurdo cual es que se pudieran renegociar todos los convenios anteriores" y el principio de seguridad jurídica "proscribe tal comportamiento". La demanda insiste en que el propio convenio colectivo establece su entrada en vigor el 1 de enero de 2013, por lo que "no puede regular situaciones jurídicas anteriores a dicha fecha".

El impacto económico que tendría la demanda, en el caso de que fuera estimada por el juez de lo Social, ronda los 36 millones de euros aproximadamente, puesto que afecta a unos 35.000 trabajadores de la hostelería a los que habría que abonar una media de 300 euros por cada año desde 2012, apuntó el letrado Luis Ocaña.

La demanda pide que se reconozca como nulo "radicalmente y de pleno derecho" el artículo 9.5 en sus párrafos segundo y tercero del convenio y, de manera subsidiaria, que se considere dicho artículo como "pacto de efecto inter partes y eficacia limitada únicamente a los firmantes del mismo, eliminando por tanto su eficacia general y sus efectos erga omnes", es decir frente a todos, por lo que sólo afectaría a quienes lo han suscrito.

El cambio afectó a una "deuda devengada, vencida y exigible"

La demanda argumenta que el acuerdo alcanzado en el nuevo convenio de la hostelería constituye una disposición que afecta a una "deuda devengada, vencida, líquida y exigible", pues es un "derecho ya incorporado al patrimonio de cada trabajador" y las partes no pueden disponer de las cantidades salariales devengadas por cada trabajador durante cada uno de los 365 días que componen el año 2012, puesto que cada día de ese año se ha ido generado una parte proporcional de la subida salarial. De dar por válido el artículo impugnado supondría un "absurdo jurídico" porque quienes prestasen servicios durante 2012 y no siguieran trabajando en 2013 o en la actualidad "cobrarían la subida del 2,9%" mientras que los que sigan con el nuevo convenio no cobrarían esa subida sino "la nueva del 1,5%".

 

El juez cita a las partes a los actos de conciliación el próximo día 20

El juzgado de lo Social número 11 de Sevilla, al que ha correspondido la demanda del SAT, ha convocado a las partes el próximo día 20 de octubre para llevar a cabo los actos de conciliación e identificación de las partes y/o juicio. La demanda se dirige en concreto contra la Asociación de Hoteles de Sevilla, la asociación empresarial de Hostelería, la asociación provincial de salas de baile y discotecas, la asociación de salas de fiestas, cafés cantantes y tablaos flamencos, así como a las centrales sindicales UGT y CCOO. El demandante esgrime una sentencia de la Audiencia Nacional que considera no ajustado a derecho que la reducción salarial se "retrotraiga contra el precio de los trabajos ya realizados, porque dichas retribuciones estaban perfectamente consolidadas".

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