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Ordenanzas fiscales 2019

Hacienda pretende recargar con un 50% el IBI de los pisos vacíos

  • El cobro queda a expensas de que el Gobierno defina en un reglamento ese concepto

Dos bloques de viviendas en la Plaza de la Encarnación.

Dos bloques de viviendas en la Plaza de la Encarnación. / Juan Carlos Vázquez

“Eliminar el último párrafo del artículo 11 relacionado con la suspensión cautelar de la Ley 4/2013 de 1 de octubre de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda”. Este es el texto de una de las enmiendas presentada por Izquierda Unida en la comisión de Hacienda convocada para debatir sobre las ordenanzas fiscales de 2019. Contó con el respaldo de los votos del PSOE y Participa Sevilla. ¿En qué se traduce? La Delegación de Hacienda pretende recargar un 50% el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de las viviendas vacías.

Esta medida fue incluida en las ordenanzas municipales hace diez años por Alfredo Sánchez Monteseirín. Era un compromiso del entonces gobierno del PSOE e IU, del que se desistió tras un informe el Consejo Consultivo de Andalucía. En 2010, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía también determinó que el concepto de vivienda vacía no podía ser regulado por la ordenanza, sino por el reglamento estatal. Hasta la fecha no se ha puesto en marcha al entenderse que se encuentra en un vacío legal, ya que no existe un reglamento que defina cuándo se considera vacía una vivienda.

Ahora todo puede cambiar. El Gobierno de Pedro Sánchez está pensando en modificar las reglas del IBI para que los Ayuntamientos puedan gravar fiscalmente este tipo de situaciones. Así, los socialistas abrirían las puertas a cobrar recargos del 50% en el IBI de los inmuebles que no son la residencia habitual del contribuyente en cuestión. El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, ya avanzó en el Congreso que las intenciones de su departamento van por este camino. “Deben acometerse tareas pendientes como la definición de las viviendas desocupadas con carácter permanente, estimulando su incorporación al mercado del alquiler a través de un amplio catálogo de medidas regulatorias y de carácter fiscal”, declaró en la Cámara Baja.

Con la aprobación de esta enmienda, el Ayuntamiento de Sevilla se encuentra preparado para aplicar ese recargo cuando el Estado regule ese vacío legal. Fue sobre todo a partir de 2012, cuando varios alcaldes de la provincia anunciaron en sus ordenanzas fiscales recargos en el IBI a las viviendas sin ocupar. Se decía que no era una medida para particulares, sino para los bancos y las empresas que acumulaban inmuebles embargados o sin vender, mientras que la población demandaba alquileres sociales. En las ordenanzas para el año que viene aparece –a propuesta del equipo de Juan Espadas– que se aplique una bonificación en el IBI del 95% para aquellos titulares de viviendas vacías en la ciudad que las pongan a disposición de Emvisesa para que sean alquiladas con fines sociales.

Las familias monoparentales serán bonificadas como las numerosas

No fue la única enmienda que salió adelante en la comisión de Hacienda. Fueron sometidas a votación 91, siendo aprobadas 24 (nueve del PP, cinco de Ciudadanos, cinco de Participa y cinco de IU). Ya era conocido el descenso del 5% en el IBI, lo que supone una reducción acumulada durante el mandato del 8%; la reducción del tipo diferenciado que se aplica principalmente a grandes empresas con valores catastrales altos. En este caso la reducción será del 1%; y situar el ICIO (impuesto de la construcción) en un 3,25%, lo que supone que desde su llegada a la Alcaldía se habrá conseguido una reducción del 16%.

Fruto de la votación, fueron aprobadas enmiendas del PP que suponen una bajada del 20% en las cuotas de las tasas por los documentos expedidos a instancia de la Gerencia de Urbanismo, del cementerio y de la recogida de basura siempre que se trate de contribuyentes en dificultad económica. Además, se reduce a la mitad las tasas en los mercados municipales mientras el placero haga obras en su puesto, se encuentre en situación de incapacidad temporal o sufra un retraso en la tramitación de una concesión por parte del Ayuntamiento.

Descuentos del 5% a los sevillanos que domicilien el recibo del IBI por primera vez

Ciudadanos logró la aprobación de enmiendas que abogaban por modificar los requisitos de la ordenanza de recaudación e inspección para la declaración de insolvencia; la rehabilitación de créditos en casos de solvencia sobrevenida; las actuaciones en caso de inexistencia de bienes y créditos embargables; y la obligación del deudor de comunicar su situación se insolvencia provisional a la Agencia Tributaria, así como que no se computen los ingresos de la ayuda a la dependencia para solicitar determinadas ayudas al pago del IBI.

En cuanto a Participa Sevilla, se aprobó extender las bonificaciones de familias numerosas a las familias monoparentales o monomarentales, y la exención de precios de servicios relacionados con la protección animal en el caso de personas con disminución visual o perro guía a su cargo. IU sacó adelante aumentar al 5% la bonificación por domiciliar el recibo del IBI el primer año. Estas enmiendas deben ser ahora sometidas al informe de la Intervención y la Secretaría para evaluar si son viables económica y jurídicamente antes de pasar por un Pleno de ordenanzas fiscales que se celebrará el próximo martes.

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