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La ratio 1/30 para VTC y taxis llega al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La ratio 1/30 para VTC y taxis llega al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La ratio 1/30 para VTC y taxis llega al Tribunal de Justicia de la Unión Europea / Jose Manuel Vidal / EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TFUE) abordó este miércoles 5 de octubre la cuestión sobre la ratio 1/30 que se aplica en España para limitar las licencias de los VTC a 1 por cada 30 taxis. Lo ha hecho a cuenta de la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que cuestiona la normativa que aplica la Autoridad Metropolitana de Barcelona (AMB) desde 2018 con esta ratio y la exigencia de una doble autorización para prestar servicios VTC. El tribunal catalán reclama un dictamen europeo sobre el tema

El abogado general de la Unión Europea emitirá sus conclusiones el día 15 de diciembre de 2022. Estas no vinculan al Tribunal, pero suelen influir en su decisión final. A continuación, el TJUE dictará sentencia, dando respuesta a las cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJC.

El presidente del Tribunal ha lamentado que nadie de la Autoridad Metropolitana de Barcelona haya asistido a la vista. Elite Taxi Barcelona ha expresado su "vergüenza e indignación por la decisión de los servicios jurídicos de AMB de no comparecer a defender su norma. Esperemos que tomen conciencia de la extrema relevancia de los intereses públicos y generales que representan".

Estas son las partes que han acudido: Prestige Limousine, AnTaxi, Elite Taxi, Tapoca VTC1 SL, Taxi Companys, el Reino de España y la Comisión Europea. Todos han presentado sus argumentos ante el alto tribunal, según explica Elite Taxi Barcelona.

La Comisión Europea ha defendido que la regulación, como la ratio 1/30, restringe la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios contemplada en el artículo 49 del TFUE. La comisión entiende que esa restricción por razones de interés general podría ser discriminatoria. Y reclama que el Estado español justifique por qué se usa el 1/30 como medida proporcionada.  

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha interesado por conocer cómo funciona el mercado del taxi y de las licencias/autorizaciones, el régimen de transmisión de las licencias y de las autorizaciones y si el coste de adquirir estas licencias está incluido en la garantía de la rentabilidad razonable para los taxistas que se considera necesaria para garantizar el interés general. El abogado de Elite ha contestado que las licencias no caducan y que el coste de esta inversión se recupera con a la transmisión cuando está se vende.

Los que dice España    

El abogado del Reino de España ha defendido la reciente Comunicación de la Comisión de febrero de 2022, que se enfoca a la convergencia entre el taxi y las VTC.

Según el Reino de España, "la restricción es necesaria, proporcionada y no discriminatoria" por considerar que "el taxi y no la VTC es de interés general". Su conclusión es que "el taxi puede protegerse como objetivo legítimo, por razón imperiosa de interés general, dado que es un servicio de interés público de prestación privada, que sirve para prestar un servicio a ciudadanos que no tengan alternativas". Por contra, entiende España que "las VTC se prestan a través de plataformas informáticas, a las que no tiene acceso toda la población". Y añade que el taxi está obligado a prestar servicio, frente a la libertad de no prestar servicio de las VTC; que el taxi tiene limitación de precio y horario, mientras que las VTC no o no tan estrictas. Asimismo que el taxi tiene una obligación de contar con el 5% de taxis preparados para accesibilidad y las VTC no. Por tanto, entiende que la razón de ser del taxi no es meramente económica.  

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