Ordenanza de animales de Sevilla

Las personas ciegas no tendrán que recoger los excrementos de sus perros guía

  • La nueva ordenanza prohíbe practicar las mutilaciones por razones estéticas

Una mujer derrama agua de una botella junto a su perro en la calle La Florida.

Una mujer derrama agua de una botella junto a su perro en la calle La Florida. / Juan Carlos Vázquez

Calles sin orines de perros. Ese es el objetivo que persigue el gobierno socialista y para eso obligará a todos los dueños de animales a llevar una botella de agua mezclada con productos desinfectantes siempre que los saquen a la calle para evitar desperfectos en el mobiliario urbano. Esta es una de las principales novedades que aparecen en la nueva ordenanza municipal de protección, bienestar y tenencia de animales que será votada el Pleno de la semana que viene para que entre en vigor el viernes si obtiene el respaldo de los partidos de la oposición.

Hasta el momento, los propietarios sólo estaban obligados a recoger los excrementos de sus mascotas, ya que el asunto del orín era algo ambiguo, por lo que los agentes municipales no habían sancionado a ningún ciudadano. Las multas irán desde los 75 a los 500 euros al considerarse una infracción leve. La normativa introduce otra novedad, exime de la obligatoriedad de recoger los excrementos de los perros guías a las personas ciegas.

El Ayuntamiento señala que "es un salto cualitativo en la convivencia entre los vecinos y animales"

“El proyecto trata de dar un salto cualitativo en el valor del marco de convivencia entre los vecinos y animales en la ciudad, basándonos en un reconocimiento de que los animales de compañía son seres sensibles. Esto nos ha llevado a desarrollar una mejor definición de lo que se considera maltrato, abandono o daño, y con el consiguiente endurecimiento de sanciones y castigos”, explicó Juan Manuel Flores, delegado de Bienestar Social.

El Ayuntamiento amplía los supuestos de maltrato al psicológico, prohíbe practicar las mutilaciones por razones estéticas –por ejemplo, los rabos de los cocker o las orejas en algunas razas–, atar o encadenar permanentemente a los animales excepto en el caso de paseo con correa; esparcir azufre u otras sustancias no autorizadas en la vía pública como método repelente de los animales; o recluir a animales en balcones, terrazas o patios.

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