La Guardia Civil vuelve a insistir sobre el bulo más extendido en las desapariciones
"Por mucho que lo diga tu cuñado... No es necesario esperar 24 horas para denunciar una desaparición", comenta con humor
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Búsqueda de desaparecidos a través del reconocimiento facial
La Guardia Civil ha lanzado un tuit con el que ha querido dejar claro uno de los mitos que aún sigue vigente en buena parte del imaginario colectivo y que es difícil de apartar. Nos referimos al bulo muy extendido de que hay que esperar 24 horas para denunciar la desaparición de una persona.
Esto no es cierto y la Benemérita ha puesto un mensaje tirando de humor: "Por mucho que lo diga tu cuñado... No es necesario esperar 24 horas para denunciar una desaparición"
Recomendaciones
El Ministerio del Interior recomienda que antes de presentar la denuncia, una vez que se tiene conocimiento de la desaparición de una persona, se realice una primera búsqueda en el domicilio o en el lugar en el que fue vista por última vez. Con ello, se trata de descartar que la persona no se encuentra escondida, imposibilitada por haber sufrido una caída o por otras razones, como estar herida.
En caso de no encontrarla tras la búsqueda de la persona se debe denunciar lo antes posible a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Hay que interponer la denuncia en el plazo más pequeño posible desde que se tiene conocimiento de que la persona ha desaparecido y en ningún caso esperar 24 horas para hacerlo.
Cuanto antes se tenga conocimiento del hecho, antes se pueden llevar a cabo las primeras actuaciones policiales para localizarla de la manera más efectiva posible aumentando las probabilidades de encontrar con vida al desaparecido.
Datos para aportar
-Nombre, apellidos y fecha de nacimiento de la persona desaparecida.
-Día, hora y lugar en el que se produjo la desaparición o fue vista por última vez.
-Descripción física (estatura, peso, color de pelo y de los ojos, etc.), y vestimenta (ropa, joyas, gafas, etc.),
-que usaba en el momento de la desaparición.
-Una fotografía reciente.
-Si padece enfermedades neurodegenerativas, presenta alguna discapacidad (psíquica, física, sensorial e intelectual), o falta de autonomía, (edad avanzada, dificultad de desplazamientos, deficiencia físicas, problemas médicos, etc.).
-Si sigue un tratamiento médico o debe tomar medicamentos que le son vitales para su vida.
Cualquier otro dato que se considere relevante, según cada caso concreto.
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