Todas las claves del Estatuto del Becario: ¿cuáles son los derechos (y obligaciones) de los estudiantes en formación?

El anteproyecto de Ley también recoge una serie de sanciones económicas para las empresas que no cumplan con lo establecido

Claves del Estatuto del Becario

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, en una primera vuelta, el conocido como Estatuto del Becario. Esta norma, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, deberá tramitarse ahora en el Parlamento. Pero ¿en qué consiste exactamente? De acuerdo con la vicepresidenta segunda y Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se trata de "una reforma legal para las nuevas generaciones".

En primer lugar, "la sustitución del término «becario» por el de «persona en prácticas formativas no laborales» (denominación oficial del anteproyecto), permite pasar página de un concepto que ha sufrido una gran degradación a lo largo del tiempo", explica el Ministerio en un comunicado. Todo ello, "para dar paso al reconocimiento de los derechos de las propias personas en formación y también de los trabajadores".

¿Qué es el Estatuto del Becario?

Teniendo en cuenta lo anterior, el Estatuto del Becario es por el momento un anteproyecto de ley que busca enmendar la precariedad que sufren los jóvenes en períodos de formación. De manera que la norma recoge dos cambios sustanciales para ellos: por un lado, reducir a la mitad el tiempo máximo permitido para la realización de prácticas extracurriculares, a 480 horas; y, por otro, compensar los gastos de los estudiantes que no perciban una nómina. En otras palabras, la empresa o entidad pública correspondiente deberá abonarle al becario los gastos de desplazamiento o manutención que implique su actividad formativa.

Tal y como ha explicado Yolanda Díaz, en declaraciones recogidas por Europa Press, la norma busca que las prácticas se destinen "sencillamente a aprender, a formarse"; y que no supongan en ningún caso la sustitución de los trabajadores. No existe, por lo tanto, una vinculación laboral y el objetivo es, en cualquier caso, constituir "un instrumento clave para la igualdad de oportunidades", añade el propio Ministerio.

¿Cuáles son las claves del Estatuto del Becario?

El Estatuto del Becario cuenta con un ámbito de aplicación bastante amplio, que "abarca los períodos de formación práctica vinculada a grados del sistema de formación profesional, a enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, a especialidades formativas del sistema nacional de empleo y a las prácticas universitarias curriculares y extracurriculares". Asimismo, busca evitar figuras como la de los "falsos becarios" y establecer una vinculación directa entre la actividad desarrollada en la empresa y las competencias del itinerario formativo.

Además, las prácticas se podrán realizar únicamente al amparo de "un acuerdo o convenio de cooperación con el correspondiente centro formativo autorizado", al tiempo que se reconoce el derecho de los estudiantes a descansos, festivos y vacaciones, a la compatibilidad de la pasantía con el resto de la actividad formativa y a disfrutar de los mismo servicios que el resto de los trabajadores de la empresa, como el comedor o el aparcamiento.

Las personas en formación tendrán derecho a integrarse en el ambiente laboral de la empresa y, por ello, deberán respetar las normas de funcionamiento y de prevención de riesgos laborales. Del mismo modo, deberán mantener el secreto profesional y seguir en todo momento las directrices de su tutor de prácticas. Tendrán la obligación de incorporarse a su puesto en la hora acordada y cumplir con el horario previsto, además de entregar los documentos o informes de seguimiento que se le soliciten. Por último, el Estatuto del Becario contempla "una protección adecuada de su salud" y, "frente a la violencia y el acoso".

¿Qué puede suceder si una empresa no cumple con el Estatuto del Becario?

El texto incluye un régimen sancionador para todas aquellas empresas o entidades que no cumplan con lo establecido por ley. Así, se contemplan multas de hasta 225.018 euros, en el caso de las infracciones muy graves en su grado máximo. No obstante, si se desarrollan en su grado mínimo, estaríamos hablando de sanciones económicas de entre 7.501 y 30.000 euros; y, si la acción es de grado medio, de 30.001 a 125.005.

En cualquier caso, se consideran ingracciones muy graves, por ejemplo, en el caso de ejercer discriminación por edad, sexo, origen, religión o ideología; así como también por mostrar un trato desfavorable ante las reclamaciones de igualdad de trato.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último