Investigación por el brote de listeriosis de Magrudis

La Fiscalía quiere sentar en el banquillo al Ayuntamiento por el "deficiente control sanitario" de Magrudis

  • El Ministerio Público afirma que el Consistorio debe asumir las consecuencias de su "inacción, acción deficiente y acción tardía" para controlar la actividad que generó el mayor brote de listeriosis de España

La Guardia Civil registra la nave de Magrudis en el polígono industrial El Pino de Sevilla

La Guardia Civil registra la nave de Magrudis en el polígono industrial El Pino de Sevilla / G. C.

La Fiscalía ha pedido a la juez de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que declare al Ayuntamiento de Sevilla responsable civil en la causa de Magrudis, la empresa responsable del mayor brote de listeriosis detectado en España y que ha causado la muerte de cuatro personas, seis abortos y más de 200 afectados. por el "deficiente control sanitario y de la licencia de actividad" realizado por la Administración local.

En un escrito presentado en el juzgado, en el que el Ministerio Público solicita además que la causa continúe sólo contra los responsables de Magrudis y el arquitecto contratado para la realización del proyecto, la Fiscalía pide que se archive la causa contra la inspectora veterinaria municipal María José O. B., pero al mismo tiempo considera que el Ayuntamiento debe ser declarado responsable civil y "asumir las consecuencias de su inacción, acción deficiente y acción tardía, por cuanto supone de funcionamiento normal o anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido".

Sobre la veterinaria municipal, la Fiscalía considera que su conducta, acción u omisión "no constituye una imprudencia grave que determine su responsabilidad penal en los resultados lesivos producidos, si bien sí debieran generar responsabilidad de tipo civil del Ayuntamiento por la falta de control sanitario y de autorizaciones que le competen".

La fiscal María Ángeles González recuerda que con anterioridad a la alerta sanitaria declarada en agosto de 2019, Magrudis sólo fue objeto de dos inspecciones, en noviembre de 2016 y julio de 2017. En la primera, la inspectora hizo constar que aunque la empresa tenía sistema de autocontrol "falta cumplimentar las hojas de registro", calificándose a la empresa con la categoría A, lo que implicaba una frecuencia de inspección de seis meses, mientras que la supervisión sería cada 12 meses.

En la segunda inspección, la veterinaria hizo constar que se había comprobado que la empresa tenía instaurado el sistema de autocontrol y se controlaban los registros de agua potable, limpieza y desinfección, desratización, trazabilidad, control de temperatura, control de proveedores, eliminación de residuos y manipulación de alimentos. En esta visita se calificó a la empresa con la categoría C, con lo que la periodicidad de la inspección pasaba de seis a 18 meses y la frecuencia de supervisión de 12 meses a dos años.

La Fiscalía concluye que la comprobación por parte de la veterinaria de que la empresa tenía contratado el sistema de autocontrol "permitía suponer que se estaban realizando todos los controles periódicos, incluidas tomas de muestra y que en caso de resultados positivos, serían comunicados; lo que evidentemente no ocurrió en este caso".

No obstante, el Ministerio Público considera que la carga de trabajo que tenían los 9 veterinarios que prestaban sus servicios en el distrito de Sevilla "se suplía en parte con la confianza que ofrece la implantación de un sistema de autocontrol de empresas alimentarias", en tanto que se trata de un sistema obligatorio que "identifica los posibles riesgos de contaminación en la cadena de alimentos, que establece unas normas para controlar dichos peligros y así minimizar las probabilidades de intoxicación".

Por todo ello, sostiene que no se puede acreditar, "con la contundencia requerida en el derecho penal", la participación de la veterinaria en el delito contra salud pública que se investiga, "al no costear que tuviera conocimiento de la presencia del positivo en listeria ya en el mes de febrero de 2019, ni en los resultados que finalmente se produjeron (muertes, lesiones, lesiones al feto)".

La actuación del servicio de inspección veterinaria del Ayuntamiento de Sevilla fue "sin duda, deficiente" y la exculpación de la veterinaria deriva de la "falta de medios del propio servicio de inspección y la sobrecarga de trabajo, por la escasa dotación de personal a la vista de la existencia de sólo nueve veterinarios oficiales para el distrito de Sevilla". En este sentido, señala que la frecuencia de inspecciones con estos medios es "evidente que nunca podrá hacerse según las exigencias de la normativa sanitaria".

Durante la investigación, varios funcionarios del Ayuntamiento han reconocido que ante la falta de personal, el expediente administrativo de Magrudis "lo metieron en una caja” y de ahí se produjo la “demora en generar el expediente a fecha 28 de diciembre de 2018”. Según una funcionaria, existía “mucho atraso en la gestión de muchas cosas” y ya se había comunicado “varias veces” la falta de personal a la Sección de Personal del Ayuntamiento hispalense.

Otra trabajadora municipal explicó que accedió el 26 de agosto de 2019 al expediente de Magrudis –una vez que ya se había conocido el brote– por orden de un jefe de servicio para generar la correspondiente orden de trabajo sobre este expediente y, tras la revisión de la documentación, el Ayuntamiento anuló la “declaración responsable” de la empresa.

La acusación pública considera acreditada la "falta de control efectivo" por parte del Ayuntamiento de la licencia de Magrudis, tras haber recibido la "declaración responsable" de la empresa sobre el inicio de la actividad y haberla "asumido como de su competencia, dado que no existe constancia de que diera traslado de la documentación a ningún otro organismo o administración".

Tras el brote, el Ayuntamiento abrió sendos expedientes y con fecha 30 de agosto de 2019 se preparó una propuesta de sanción de 6.001 euros a Magrudis, con posibilidad de aminorar la cuantía si se reconoce la responsabilidad y se paga voluntariamente, y otra de 2.000 euros al técnico redactor del proyecto, por la redacción del proyecto "con la inexactitud y las omisiones" detectadas.

Facua ya pidió la responsabilidad civil del Consistorio

La solicitud para que se declarara al Ayuntamiento como responsable civil subsidiario del brote de listeriosis había sido planteada con anterioridad por la acusación particular que ejerce la asociación de consumidores Facua, pero la juez lo había rechazado si bien dejando constancia de que "a lo largo de la instrucción ya se determinará si el Ayuntamiento de Sevilla es responsable civil, subsidiario o no, como ya hemos indicado en distintas resoluciones dictadas con anterioridad".

En su escrito, la Fiscalía pide que la causa continúe sólo contra el dueño de Magrudis, José Antonio Marín Ponce, su mujer, Encarnación Rodríguez, y sus hijos Sandro y Mario, así como contra su cuñada, Isabel Rodríguez, a los que atribuye un delito contra la salud pública en concurso con los delitos de homicidio, lesiones al feto y lesiones por imprudencia grave, así como otro delito de defraudación eléctrica, por el enganche ilegal que tenía Magrudis. De la misma forma, atribuye un delito de falsedad en documento público a José Antonio Marín Ponce, a su hijo Sandro y al arquitecto Sergio L. G., que intervino en la elaboración del proyecto para el inicio de la actividad.

Exculpa a otros cinco investigados

La Fiscalía exculpa, por tanto, a otros cinco investigados, entre ellos la inspectora veterinaria del Ayuntamiento, el comercial de Magrudis Federico Rodríguez, el asesor financiero de Magrudis y los administradores de Comercial León, que distribuyeron parte de los productos de Magrudis.

En cuanto a los responsables de Magrudis, la acusación pública considera acreditado que todos ellos "conocía que realizaban un proceso de elaboración con deficiencias sanitarias y riesgo grave o muy grave para los posibles consumidores en caso de comercialización". Además, conocían que en febrero de 2019 se había producido el positivo en la bacteria listeria monocytogenes en un lote de productos, seis meses antes de que se declarara la alerta sanitaria, pero "no existe constancia de que retiraran el lote del mercado, al no haberlo hecho según contempla la normativa y hacer su entrega a un gestor autorizado" y tampoco pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades sanitarias, ni el Ayuntamiento ni la Junta, "desprendiéndose que los responsables de Magrudis lo ocultaron de forma deliberada".

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