Magrudis

La juez indaga si el Ayuntamiento tiene responsabilidad en el brote

  • La instructora pide al Consistorio que informe sobre si abrió algún expediente a Magrudis tras la inspección de 2016 y si hubo alguna “revisión o examen” tras presentar la declaración responsable

Un guardia civil custodia la sede de la empresa Magrudis en el Polígono Industrial El Pino.

Un guardia civil custodia la sede de la empresa Magrudis en el Polígono Industrial El Pino. / Juan Carlos Vázquez

La juez que investiga el brote de listeriosis centra ahora la investigación en las posibles responsabilidades del Ayuntamiento, en relación con las inspecciones y el control de la actividad de Magrudis.

En una providencia que tiene fecha del pasado lunes, la magistrada Pilar Ordóñez, que ya anunció recientemente en un auto que investigaría la actuación municipal, ha librado oficio al Ayuntamiento de Sevilla, en concreto, a la delegación de Consumo, para que informe al juzgado sobre “si se incoó algún expediente sancionador” a Magrudis tras la inspección realizada el 24 de noviembre de 2016 “tras detectar que, aunque existe un sistema de autocontrol, falta cumplimentar las diferentes hojas de registro”.

La juez quiere saber qué funcionarios intervinieron en las inspecciones realizadas

Esta no es sólo la única información que reclama a los servicios municipales, dado que la juez también pide que, “al constar únicamente las actas de inspección” del 24 de noviembre de 2016 y la del 18 de julio de 2017, aporten el resto de las actas de inspección realizadas por el personal del área de Salud, “con indicación del personal que las llevó a cabo, debiendo aportar igualmente, en relación a las dos actas de inspección indicadas, así como en relación a otras, si existieran, el cumplimiento de la instrucción 118/2012”. Esta instrucción, según precisa la juez, especifica que deben levantarse “actas de recogida de muestras de productos, comprobaciones sobre superficies, recogidas de muestras del ambiente interior y comprobaciones sobre el tratamiento del aire interior”.

De la misma forma, la instructora dice que el Ayuntamiento “deberá informar si, iniciado el expediente 2173/18 [la declaración responsable que presentó Magrudis en diciembre de 2018] y antes del 26 de agosto de 2019, se realizó alguna revisión o examen técnico de la documentación aportada en dicho expediente quién era la persona responsable de dicha tarea, es decir, la persona encargada y responsable del control posterior, revisión y examen técnico del expediente”.

La petición de la magistrada guarda relación con la declaración ante la Guardia Civil de varios funcionarios del Ayuntamiento, uno de la cuales reconoció que ante la falta de personal, este expediente de Magrudis “lo metió en una caja” y de ahí se produjo la “demora en generar el expediente a fecha 28 de diciembre de 2018”.

Según esta funcionaria, existía “mucho atraso en la gestión de muchas cosas” y ya se había comunicado “varias veces” la falta de personal a la Sección de Personal del Ayuntamiento hispalense.

Otra funcionaria que también declaró ante los investigadores explicó que accedió el 26 de agosto de este año al expediente de Magrudis –una vez que ya se había decretado la alerta sanitaria por el brote de listeriosis– por orden de un jefe de servicio para generar la correspondiente orden de trabajo sobre este expediente, y tras la revisión de la documentación el Ayuntamiento anuló la “declaración responsable” de la empresa.

La nueva línea de investigación abierta por la instructora se produce después de que la acusación particular que ejercer la asociación de consumidores Facua presentara un escrito solicitando la imputación de un responsable del Ayuntamiento por presunta prevaricación, en relación con las inspecciones y licencias de Magrudis.

Facua reclamó igualmente a la instructora que considere al Ayuntamiento como responsable civil subsidiario, lo que supone en el caso de que finalmente se produjera una condena, el Consistorio hispalense tendría que asumir el pago de las indemnizaciones que se acordaran por encima del seguro de Magrudis –que sólo cubre 300.000 euros– y de los embargos que se pudieran haber realizado a la empresa que fabricaba los productos donde se localizó el contagio. La asociación considera de especial gravedad que los servicios municipales no hubiesen clausurado la empresa en diciembre de 2018, cuando Magrudis presentó la declaración responsable para la ampliación de la actividad que, a su juicio, estaba “llena de irregularidades”.

Aún no se ha resuelto sobre la imputación de un responsable local que reclamó Facua

Una vez presentada esa declaración, el Ayuntamiento debía hacer una inspección en las instalaciones en el plazo del mes siguiente, es decir, en enero de 2019, pero no se llevó a cabo, y Magrudis obtuvo licencia por silencio administrativo tres meses después. No fue hasta agosto, una vez decretada la alerta sanitaria, cuando el Consistorio inicia el expediente para anular la licencia.

Por último, la juez ha ordenado la práctica de una prueba pericial caligráfica para determinar quien firmó realmente como titular de la “declaración responsable” presentada en el Ayuntamiento, tras haber constatado los investigadores que la firma puede que no pertenezca al administrador de derecho de Magrudis, Sandro José Marín Rodríguez, para lo cual se comparará la escritura de éste y de su padre, José Antonio Marín Ponce.

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