Oposiciones

La Junta de Andalucía indemniza con 31.000 euros a una funcionaria que tomó posesión de su plaza diez años después

  • La Sala de los Contencioso Administrativo del TSJA entendió que hubo daño moral al no poder ocupar su plaza por una mala praxis de la Administración autonómica

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Una prueba de oposiciones

Una prueba de oposiciones / R. D.

Diez años ha tenido que esperar una mujer para ocupar su plaza de funcionaria de la Junta de Andalucía tras haber anulado en 2018 el TSJA una pregunta de la oposición a la que se presentó en 2008. Aunque en un principio, la recurrente no estaba entre los aprobados, tras la anulación de esa pregunta, la mujer pasó a estar aprobada y, por lo tanto tendría una plaza. Esto ha supuesto que la ya funcionaria, que ha estado representada en este proceso por el abogado Francisco Cabral, no pudiera tomar posesión de su plaza en el Centro de Empleo de Utrera hasta 2018, aunque el examen se realizó diez años antes, en el año 2008. Cuatro años más tarde, en 2022, el TSJA ha reconocido que tiene derecho a percibir una indemnización de 31.000 eruso por parte de la Junta de Andalucía.

Ahora, la Sala de lo Contencioso Adminsitrativo del TSJA ha estimado una reclamación de la mujer por los daños morales causados durante todo este tiempo sin poder acceder al puesto de trabajo que había ganado traas la oposición. El alto tribunal ha condenado a la Junta de Andalucía a pagar una indemnización de 31.000 euros. El abogado de la recurrente, Francisco Cabral, explica que su cliente "ha perdido diez años del que era su trabajo, puesto que los funcionarios de carrera del proceso selectivo tomaron posesión de su plaza en noviembre de 2008, el año de las oposiciones". El letrado recuerda que a la mujer se le reconoce su puesto diez años después, "con los gravísimos perjuicios que de todo ello y de todo orden se han derivado, ya no sólo económicos (que bastantes), sino también morales".

Aunque en el proceso adminsitrativo la mujer reclamaba 100.000 euros de indemnización, esta petición se redujo en sede judicial, solicitando 31.000 euros, una cantidad que el tribunal ha considerado "justa y adecuada".

La sentencia reconoce la existencia de estos daños morales, un hecho que califica como "evidente" y razona que el restraso de diez años en la toma de posesión de su plaza "ha generado a la recurrente una situación de inestabilidad que provoca una repercusión evidente en su estado anímico".

Según el letrado, "no era entendible que pudiera quedar sin resarcimiento económico alguno una situación como esta, cuando existen datos irrefutables por la objetividad de los mismos,que justificarían sobradamente nuestra pretensión . La administración demandada cometió un grave error que dio lugar a unas gravísimas consecuencias". Entre ellas, Francisoc Cabral afirma que la mujer se vio privada durante una década de un trabajo "bien remunerado y estable, con la tranquilidad y el sosiego que ello representa como contar con una seguridad económica y no tener la preocupación ni la presión de seguir buscando un empleo o de aprobar unas oposiciones".

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