San José de la Rinconada

El TSJA confirma las penas de dos años de cárcel para dos hombres que cortaron el dedo a otro en San José de la Rinconada

La Audiencia de Sevilla y los juzgados al frente.

La Audiencia de Sevilla y los juzgados al frente. / juan carlos muñoz

La Sala de Apelaciones del TSJA ha confirmado la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que condenaba a dos personas por lesiones a dos años de cárcel. Según la sentencia, facilitada por la oficina de comunicación del alto tribunal andaluz,  José Manuel R. G. y Juan Enrique F. S., a las 4:00 del 27 de octubre de 2017 fueron al domicilio de Federico R. S. en San José de la Rinconada, llevando "José Manuel un cuchillo de cocina y Juan Enrique una espada de doble hoja afilada con 54 centímetros de hoja". Con estas armas, Juan Enrique le cortó a Federico un dedo de la mano izquierda y José Manuel le pinchó con el cuchillo "a la vez que gritaba te vamos a cortar a cachitos".

La Audiencia condenó a José Manuel R. G., como autor de un delito de lesiones con las circunstancias atenuantes de drogadicción y de dilaciones indebidas y la agravante de reincidencia, a la pena de 2 años y 3 meses de prisión. Por su parte, Juan Enrique F. S. fue condenado a 2 años y 3 meses de prisión por un delito de lesiones y a 9 meses por tenencia ilícita de armas. Ambos tendrán que indemnizar solidariamente a la víctima con 12.000 euros.

Frente a esta sentencia de la Audiencia de Sevilla, las defensas recurrieron ante el TSJA señalando que la única prueba existente es la declaración de la víctima, que estaba "dictada por las malas relaciones previas habidas entre la víctima" y los condenados y pide la absolución. Asimismo, alegaban las defensas "la presencia de dudas bastantes que impedirían mantener la condena·.

Sin embargo, el TSJA advierte que la Audiencia Provincial "ha considerado convincente, sincero y creíble el testimonio dado por Federico R. S." por lo que el alto tribunal andaluz "considera razonable y consistente dicha valoración".  Tampoco encuentra en el fallo la presencia de dudas sobre la culpabilidad ni que la espada empleada para cortar el dedo de la víctima no sea un arma, como pretendía la defensa.

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