La filtración de los exámenes

El TSJA paraliza la "firmeza" de la sentencia que ordenó repetir las oposiciones de la Policía Local

Un acto  de toma de posesión de agentes de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.

Un acto de toma de posesión de agentes de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo. / M. G.

Un respiro para 56 agentes afectados por la polémica de las "filtraciones" de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla en 2012. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha paralizado la declaración de la "firmeza" de la sentencia que dejó en el aire las plazas de 56 agentes de la Policía Local que se presentaron en las polémicas oposiciones del año 2012, en las que se denunció la "filtración" de los exámenes y que acabó en un juicio en el que la Justicia absolvió a 45 acusados por la "filtración" de los exámenes.

Después de que el Tribunal Supremo decidiera rechazar los recursos de casación presentados por el Ayuntamiento de Sevilla y por un grupo de agentes, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA ha acordado en una diligencia de ordenación que "no procede, de momento, declarar la firmeza de la sentencia", debido a que la defensa de una treintena de agentes ha presentado un escrito solicitando la "nulidad de las actuaciones" por no haberse tenido en cuenta su recurso ante el Supremo. Mientras se resuelve el incidente de nulidad, estos agentes podrán seguir ocupando sus plazas, según han explicado fuentes del caso. 

En ese escrito, la defensa alega que el procurador de estos agentes "nunca fue requerido para el otorgamiento de la representación" y añade asimismo que en este procedimiento "nos encontramos con que el apeladpo efectúa su personación ante el TSJA por medio de letrado; sin que conste personación alguna de procurador, ni tampoco consta requerimiento al efecto".

En el incidente de nulidad, la representación jurídica de los policías locales considera que se les ha causado "indefensión" a los recurrentes, "por cuanto el requerimiento del depósito judicial necesario para tener por preparado el recurso de casación frente a la sentencia de esa Sala, de fecha 16 de marzo de 2021, fue notificado" al procurador "sin que éste tuviese la representación de los recurrentes".

Y como ese requerimiento no fue atendido en plazo, la Sala decidió denegar la preparación del recurso de casación y en enero de 2022 el Tribunal Supremo rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de estos 30 policías, después de que el TSJA le denegara la preparación del recurso "por la falta de constitución en plazo, pese al requerimiento de subsanación efectuado, del depósito para recurrir exigible" conforme a la ley orgánica del Poder judicial, que exige para poder interponer un recurso de casación contra una sentencia que ponga fin al procedimiento la constitución de un depósito de 50 euros. La ley establece además la concesión de un plazo de dos días para la subsanación del defecto del abono de esa cantidad, lo que no se hizo en este caso.

Once años después de aquellas polémicas oposiciones, las plazas de estos 56 agentes siguen en el aire y una vez que se declare la "firmeza" de la resolución, estos agentes tendrían que volver a examinarse para mantener sus plazas, con el problema añadido de que aquellos otros aspirantes que no fueron admitidos podrían también volver a realizar ese caso práctico.

La lentitud de la Justicia ha hecho que este lío con las oposiciones se produzca cuando estos agentes llevan ya más de once años ejerciendo la profesión, por lo que, según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, la repetición del examen no se desarrollaría en condiciones de igualdad, por ejemplo, en el caso de las pruebas médicas que deben superar.

En este sentido, entre este medio centenar de agentes hay algunos que han sufrido accidentes en acto de servicio, otros han podido perder vista en estos años o haberles surgido otros problemas de salud, por lo que sus condiciones físicas no son estos casos las mismas que cuando se presentaron a las plazas hace más de una década.

Una indemnización como posible salida

Lo que está claro que el proceso, si no se alcanza una solución, puede extenderse todavía durante varios años. En primer lugar porque, una vez que se declare la firmeza de la sentencia que ordenó la repetición de la prueba, el demandante tendría que solicitar la ejecución de la misma. 

La defensa de los opositores podría entonces oponerse a la ejecución de la sentencia, alegando -como ha hecho el Ayuntamiento sin éxito ante el Tribunal Supremo- la "doctrina del aspirante de buena fe en los procesos selectivos de acceso al empleo público" y cuestionando la aplicación a todos los opositores, dado que hubo aspirantes que no fueron acusados en el proceso penal por las posibles filtraciones de las plantillas de corrección del ejercicio.

¿Y cuál sería la solución más factible? Algunas fuentes consultadas por este periódico consideran que la cuestión se podría solventar con una indemnización por parte del Ayuntamiento al opositor que denunció las irregularidades, por la imposibilidad de ejecutar la sentencia, una opción que según estas fuentes es "posible jurídicamente" y que podría acabar con esta complicada situación para el Ayuntamiento. Sólo así se podría abortar la ejecución de la sentencia que ha puesto en jaque a estos 56 agentes.

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