Tribunal Supremo

Dos años y medio de cárcel para un cura que se apropió de bienes de varias parroquias en Galicia

  • Restituyó un número significativo de objetos cuando ya no era párroco, por lo que el Supremo ha rebajado en un año la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo

Tribunal Supremo.

Tribunal Supremo.

Entre los años 2008 y 2012 un sacerdote se apropió de bienes que integraban el patrimonio artístico de varias parroquias de Ribadeo y Trabada, en Galicia. La Audiencia Provincial de Lugo le impuso una condena de tres años y medio de cárcel por un delito de apropiación indebida que, ahora, el Tribunal Supremo ha rebajado a dos años y medio al considerar que el cura, cuando ya no era párroco, restituyó un número significativo de los objetos. 

La Sala de lo Penal ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo, que le impuso 3 años y medio de prisión. También condenó a 1 año y 3 meses de prisión como autor de un delito de receptación a otra persona, a quien el cura entregó algunos de los bienes de los que se apropió.

La Sala aprecia la atenuante de reparación del daño, como consecuencia de la restitución de un número significativo de los objetos apropiados cuando ya no era párroco, lo que supone una rebaja de la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Lugo, que sólo apreció la atenuante de dilaciones indebidas.

Desde 2008 y hasta 2012, fecha de su cese como párroco, el sacerdote condenado dispuso, como si fueran suyos, de "decenas de objetos religiosos y de culto, imágenes religiosas, así como muebles y otros objetos pertenecientes a esas parroquias, a los que el acusado, en su condición de párroco, tenía acceso y era el encargado de su custodia".

Pero no actuaba solo, el párroco entregó estos objetos a otra persona, que también está condenado por estos hechos, que permutó una campana, una imagen y dos Sagrarios por otros objetos artísticos en un establecimiento de A Pontenova. El Obispado de Mondoñedo recuperó sólo algunos de los bienes apropiados, que están sometidos a un régimen especial y protegidos por la Ley del Patrimonio Cultural de Galicia.

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