caso de los ERE

La forense concluye que es "desaconsejable" el ingreso en prisión de Griñán porque padece una enfermedad "muy grave" e "incurable"

Griñán acude a la cita con el forense que debe emitir un nuevo informe

La médico-forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla ha concluido en un nuevo informe remitido a la Audiencia de Sevilla que en la actualidad es "desaconsejable" el ingreso en prisión del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, que fue condenado a seis años de prisión por el caso de los ERE, dado que padece una enfermedad "muy grave" e "incurable", de acuerdo con los términos que recoge el artículo 80.4 del Código Penal.

En el nuevo informe, de tres folios y al que ha tenido acceso este periódico, la forense concluye que Griñán "se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables en los términos que señala el artículo 80.4 del Código Penal, sin perjuicio de las consideraciones que se añaden en el presentido informe médico forense que hacen desaconsejable su ingreso en centro penitenciario". El mencionado artículo del Código Penal contempla la posibilidad de otorgar la suspensión de la pena “en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables”.

En el dictamen, la experta del IML señala que el hecho que el ex presidente haya finalizado el tratamiento de radioterapia "no significa que el cáncer ya haya remitido, sino que son preceptivas revisiones periódicas posteriores al tratamiento las que determinen la evolución de su enfermedad", teniendo en cuenta además que sólo han pasado varios meses desde el diagnóstico en diciembre de 2022, advierte el documento, que sitúa la enfermedad en riesgo alto o intermedio, según las guías europea y americana, respectivamente.

La forense señala que no hay criterios médicos que permitan hablar de la remisión de la enfermedad, por lo que se trata de una "ENFERMEDAD INCURABLE" y "MUY GRAVE" -así lo escribe la forense en su informe, con mayúsculas-, sin perjuicio de que otros tratamientos adecuados puedan posibilitar la remisión de la misma.

En este sentido, indica que persisten síntomas que exigen un "control periódico con excarcelaciones frecuentes" y que hacen "patente la dificultad de mantener una dinámica carcelaria", es decir, que se pueda seguir dentro de un centro prenitenciario.

La forense recuerda asimismo sus anteriores informes y recoge que fue la propia prisión de Sevilla la que dejó constancia en el informe remitido al tribunal de "los problemas que se le plantean, tanto en las consultas programadas como no programadas para el traslado al hospital de referencia de los penados, siendo los tratamientos en general externalizados".

El peligro de las infecciones

Y concluye que no sólo son necesarios cuidados médicos en la cárcel, sino evitar, entre otros, el peligro de "infecciones en personas con un sistema inmunológico deprimido y que pueden suponer riesgos vitales, por la edad" -Griñán acaba de cumplir 77 años- y por la porpia enfermedad, y todo ello en "aras del bienestar físico y psíquico que necesitan estas personas con padecimientos graves".

La forense comienza este nuevo informe reiterando "el juramento que en forma legal prestó en su día" y lo acaba diciendo que es "todo lo que puede informar, según su leal saber y entender", expresiones con las que responde al último requerimiento de la Audiencia de Sevilla, que le solicitó expresamente que contestara a la petición que había realizado para que determinara si Griñán podía continuar actualmente su tratamiento en prisión. 

La Audiencia da un plazo de dos días a la Fiscalía y al PP para que informen sobre la suspensión de la pena

Tras este nuevo informe de la forense, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dado un plazo de dos días a la Fiscalía Anticorrupción y a la acusación popular que ejerce el PP para que se informen sobre la "procedencia de la suspensión de la ejecución de la pena" de prisión de acuerdo con el artículo 80.4 del Código Penal. 

Esta misma semana, el tribunal urgió a la forense para que se pronunciara ya, sin dilaciones, sobre si el ex presidente de la Junta José Antonio Griñán puede seguir el tratamiento de su cáncer de próstata en prisión. Así lo expusieron los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en una nueva providencia, dictada el pasado lunes, 12 de junio, en la que responde a un escrito presentado por la forense en la que solicitaba nueva documentación médica de la última revisión por el servicio de Oncología y, en su caso, un informe de Urología sobre el ex presidente.

El requerimiento a la forense se produjo después de que los fiscales Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra pidieran a la Sala que se solicitara "nuevamente" a la forense que, a la vista de las pautas que se establecen en la nota de 11 de enero de 2000, “Criterios para emisión de informe médico para estudio de posible aplicación de los artículos 104.4 y 186.2 del Reglamento Penitenciario”, del Director General de Instituciones Penitenciarias, y teniendo en su caso en cuenta el resultado de la revisión médica de Griñán del 6 de junio, "se pronuncie sobre si la enfermedad que este padece puede calificarse de muy grave, en atención a los requisitos que se recogen en el ap. 1 de dicha nota".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios