Condenado por estafar a Carriço cuando era futbolista del Sevilla FC con una falsa inversión de 75.000 euros

El acusado acepta un año de cárcel por quedarse el dinero que el internacional portugués le transfirió en 2018 para contratar un producto financiero

Daniel Carriço, en una imagen de archivo en la ciudad deportiva del Sevilla. / Juan Carlos Vázquez Osuna

Un hombre que en su día fue algo así como asesor económico de un importante futbolista que llegó a ser capitán del Sevilla FC, el portugués Daniel Carriço, fue condenado ayer a un año de cárcel por birlar 75.000 euros al jugador durante una operación financiera. El acusado, que responde a las iniciales P.L., consiguió primero que la víctima invirtiese 150.000 euros y después que sacase la mitad para adquirir otro producto. Una vez transferido ese dinero, el encausado se lo quedó. Apropiación indebida es el delito por el que ha sido castigado, eso sí, después de alcanzar un acuerdo con la Fiscalía y con el propio Carriço, que ya está retirado. Ese pacto quedó certificado ayer ante la Sección Séptima tras varios intentos frustrados en los dos últimos años.

Los hechos ocurrieron entre las temporadas 2017-18 y 2018-19, curiosamente de las pocas en que el portugués no logró ningún título. En casi todas las demás, cuatro para ser exactos, se proclamó campeón de la Liga Europa. En diciembre de 2017, el futbolista contrató un producto financiero llamado Allianz Capital “con la intermediación del acusado”. La inversión ascendió a 150.000 euros y la víctima no tenía motivos para dudar de su interlocutor, quien ya había mediado en otras operaciones que le reportaron beneficios.

A finales de 2018, P.L. convenció a Carriço para “rescatar” 75.000 euros y así “diversificar la inversión dentro de la misma compañía pero con otro producto diferente al contratado” un año antes. El procesado también le proporcionó una cuenta corriente donde debía ingresar el dinero. La titular era una sociedad “constituida y gestionada” por el acusado, aunque quien figuraba oficialmente como administradora única era su esposa. De todas formas, “no consta que ella conociera el ingreso”, de ahí que la mujer no fuese acusada. Sí asistió al juicio como responsable de la mercantil y fue condenada a indemnizar a Carriço solidariamente con su marido.

La víctima transfirió los 75.000 euros el 19 de diciembre de 2018... y no volvió a ver el dinero. “El acusado hizo suya la cantidad ilícitamente, sin invertirla en el producto acordado y sin haber devuelto el importe”, apuntaba la Fiscalía en su escrito provisional de acusación, en el que pedía cuatro años de cárcel.

Todo el relato anterior, de hecho, también es el que aparecía en esa calificación. Como el procesado lo aceptó tal cual y se declaró culpable (era parte del acuerdo), la sentencia definitiva respetará esa narración. Eso sí, también como fruto de la conformidad previa, el fiscal modificó ayer sus conclusiones y rebajó la condena. Acto seguido, la Sección Séptima anticipó verbalmente el sentido de la sentencia y la declaró firme, como ocurre siempre que hay un acuerdo antes del juicio.

De acuerdo con ese fallo, P.L. fue condenado a un año de cárcel por un delito de apropiación indebida con la atenuante de reparación parcial del daño, ya que antes del juicio consignó 3.000 euros para resarcir a Carriço. El tribunal también le impuso una multa de 540 euros y la obligación de indemnizar a la víctima con 75.000 euros (72.000 en realidad, ya que hay que descontar la cantidad ingresada de antemano).

Fue un buen acuerdo el que le logró su abogado, teniendo en cuenta esa petición inicial de cuatro años de prisión. Pero lo mejor desde su punto de vista es que ni siquiera pasará una noche en una celda. Después de oír el dictado de la sentencia in voce por parte del presidente del tribunal, el letrado solicitó la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel. Ni el fiscal ni el abogado de Carriço se opusieron, así que la Sala estableció que la pena quedará suspendida durante cinco años. Eso significa que P.L. seguirá en libertad siempre que no cometa ningún delito en ese periodo y abone la indemnización íntegra, a razón de 1.200 euros al mes.

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